CONTRATO DE ESCUELA CHARTER ACTUALIZADO Y ENMENDADO EMITIDO POR LA JUNTA DE REGENTES DEL SISTEMA DE LA UNIVERSIDAD DE WISCONSIN, D/B/A LA OFICINA DE OPORTUNIDADES EDUCATIVAS DEL SISTEMA DE LA UNIVERSIDAD DE WISCONSIN PARA MILESTONE DEMOCRATIC SCHOOL, INC.


*Nota: la siguiente representación de texto completo del Contrato se proporciona con fines de búsqueda y traducción, pero el formato no es coherente con el documento firmado. Consulte el PDF anterior siempre que sea posible.

CON FECHA DE
1 de junio de 2022


Este contrato es realizado por y entre la Junta de Regentes de la Universidad de Wisconsin
System d/b/a la Oficina de Oportunidades Educativas del Sistema de la Universidad de Wisconsin, con un
dirección postal de 1564 Van Hise Hall, 1220 Linden Drive, Madison, WI 53706, y Milestone
Democratic School, Inc., ("Concesionario"), ubicada en 2758 Dairy Dr, Madison, WI 53718.

CONSIDERACIONES

CONSIDERANDO QUE el Estado de Wisconsin ha creado un programa de Escuela Chárter bajo el
disposiciones de Wis. Stat. § 118.40;
CONSIDERANDO que el Sistema de la Universidad de Wisconsin estableció la Oficina de Educación
Oportunidad de conformidad con la ley estatal de servir como unidad administrativa del Sistema para
implementar y cumplir con los deberes de supervisión de las disposiciones de Wis. Stat. § 118.40;
CONSIDERANDO que la Oficina de Oportunidad Educativa ha sido organizada para cooperar con
estudiantes, familias, educadores profesionales y líderes comunitarios que están comprometidos con
mejorar el acceso a oportunidades educativas de alta calidad;
POR CUANTO el Director de la Oficina de Oportunidades Educativas ("OEO") está autorizado
por Wis. Stat. § 118.40(2x)(b) para iniciar y celebrar un contrato con un individuo o grupo para
operar una escuela como escuela chárter;
POR CUANTO es la intención del Director de la Oficina de Oportunidades Educativas
otorgar autorizaciones de escuelas chárter a organizaciones calificadas que puedan expandir la calidad
opciones educativas para los estudiantes que residen en el estado de Wisconsin de conformidad con las disposiciones
de Wis. Stat. § 118.40;
CONSIDERANDO que las Partes han negociado con éxito este Contrato reformulado y enmendado,
que, de acuerdo con Wis. Stat. § 118.40(2x), contiene todas las disposiciones especificadas en
Wis. Stat. §§ 118.40(1m)(b)1-15 y (2x), así como disposiciones separadas y adicionales; y
CONSIDERANDO que en la negociación de este Contrato actualizado y enmendado, las Partes han
consideró los principios y estándares para las escuelas chárter de calidad establecidos por el National
Asociación de Autorizadores de Escuelas Chárter;
AHORA, POR LO TANTO, la OEO otorga su autorización para que el Beneficiario opere un
Charter School y establece una carta para la Charter School en consideración de los términos,
pactos, condiciones y obligaciones establecidas en este Contrato actualizado y modificado, en el que
las Partes acuerdan lo siguiente:

ARTÍCULO PRIMERO: DEFINICIONES

Sección 1.1
Ciertas Definiciones. Para efectos de este Contrato, y además de los términos
definidas a lo largo de este Contrato, cada una de las siguientes palabras o expresiones,
siempre que esté inicialmente en mayúscula, tendrá el significado establecido en esta Sección:
una. “Administrador” significa el empleado de la Escuela Chárter responsable de la
supervisión y evaluación del personal de la Escuela Chárter de acuerdo con el
reglas emitidas bajo Wis. Stat. §121.02(1)(a)1.
b. “Ley Aplicable” significa todas las leyes federales, estatales y locales ahora o en el futuro
aplicable a las escuelas chárter de Wisconsin.
C. "Escuela chárter" y "Escuela" significan una escuela que se conocerá como Milestone
Escuela Democrática, ubicada en 2758 Dairy Dr, Madison, WI 53718.
d. “Ejecutivo de la escuela chárter” significa el director ejecutivo o director de la escuela de
la Escuela Chárter.
mi. “Día” significará día calendario.
una. El primer día será el día posterior al evento, como la recepción de un
aviso.
b. Cada día después del primero se contará, excepto que un sábado,
No se contará el domingo o día feriado legal si fuera el último
día del período.
F. “Departamento” significa el Departamento de Instrucción Pública del Estado de
Wisconsin.
gramo. “Director” significa el Director de la Oficina de Oportunidades Educativas
designado para servir bajo Wis. Stat. § 36.09(2)(c) o cualquier designado del
Director.
H. “Distrito” significa el distrito escolar en el que la Escuela Chárter está físicamente
ubicada o de la cual la Escuela Chárter obtiene la mayor parte de su
Población estudiantil.
i. “Junta de Gobierno” significa la junta de directores de la Escuela Chárter.
j. “Concesionario” significa Milestone Democratic School, Inc., una corporación sin acciones
debidamente organizado y existente bajo las leyes del estado de Wisconsin para
operar la Escuela Chárter.
k. “Personal de Instrucción” tiene el significado que se le da en las reglas promulgadas por la
Departamento bajo Wis. Stat. §121.02(1)(a)2.
yo “Contrato de Operación o Administración” es un contrato que se relaciona con la
creación, implementación u operación del programa académico,
instrucción, supervisión, administración o servicios comerciales en el Charter
Escuela, si corresponde, en nombre del Concesionario.
metro. “Oficina” u “OEO” significa la Oficina de Oportunidades Educativas en la
Sistema de la Universidad de Wisconsin, que, para los fines de este contrato, es un
designado de la Junta de Regentes.
norte. “Partes” significa la Universidad y el Beneficiario, a través de sus
representantes.
o “Universidad” significa la Junta de Regentes de la Universidad de Wisconsin
Sistema, d/b/a la Oficina y el Director que actúa como miembro de la Junta
representante.

ARTÍCULO SEGUNDO: PARTES, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDADES

Sección 2.1 Las Partes. Las Partes de este Contrato son la Universidad y el Beneficiario.
Sección 2.2 La Oficina. Bajo la autoridad de Wis. Stat. § 118.40(2x), la Oficina por la presente
otorga al Concesionario una carta para operar una Escuela Chárter bajo los términos y
condiciones de este Contrato. El Director ejercerá toda la supervisión
responsabilidades en nombre de la Oficina según lo establecido en este Contrato. El director
puede realizar investigaciones como se establece en el Artículo Ocho y en otras partes de este Contrato
o según lo permita la Ley Aplicable.
Sección 2.3 El Concesionario. El Concesionario es responsable y responsable de realizar el
deberes y responsabilidades asociados con la Escuela Chárter que se le asignan
bajo este Contrato. La Junta de Gobierno será responsable y rendirá cuentas
para implementar los deberes y responsabilidades asociados con la Carta
Escuela como se establece en este Contrato.
Sección 2.4 Por Wis. Stat. § 118.40(2x)(b)2., las Partes acuerdan que el establecimiento del
Charter School no tendrá ningún efecto sobre la responsabilidad de la Universidad que no sea como
a aquellas obligaciones específicamente asumidas por la Universidad en este documento. los
La Universidad no será responsable ante ninguna persona que no sea Parte de este Contrato porque
del establecimiento u operación de la Escuela Chárter. Además, la Universidad
no asume ninguna obligación con respecto a ningún funcionario, director, empleado, agente,
padre, tutor, estudiante o contratista independiente del concesionario o del
Charter School, o cualquier otra persona que reciba servicios o haga negocios
con el Concesionario o Escuela Chárter.

ARTÍCULO TRES: OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO Y LA ESCUELA CHÁRTER

Sección 3.1
Términos requeridos bajo Wis. Stat. §§ 118.40(1m)(b)1.-14.
(1)
El nombre de la entidad que busca establecer la Escuela Chárter.
La entidad que busca establecer la Charter School es Milestone
Escuela Democrática, Inc.
(2)
El nombre del Ejecutivo de la Escuela Chárter y el nombre de la Escuela Chárter
Administrador de la escuela, si esas personas son diferentes. También nombre la entidad
titular del Contrato de Operación o de Gestión, en su caso.
El nombre del Ejecutivo de la Escuela Chárter es Sean Anderson.
El nombre del administrador de la escuela charter es Sean Anderson.
En caso de que haya un cambio material en el liderazgo de la Carta
escuela como se describe en esta subsección, el Concesionario acepta notificar al
Despacho inmediato del cambio. El Concesionario proporcionará la Oficina
con una copia de la vitae del Charter School Executive y Charter
Administrador de la escuela en el momento de la contratación.
(3)
Una descripción del programa educativo de la Escuela Chárter.
La Escuela Democrática Milestone atenderá hasta 200 estudiantes de
grados 6-12. El programa de aprendizaje de Milestone, en la medida
posible, se centra en:

Asesorías para grupos pequeños: grupos de edades mixtas de 16 a 22 años
estudiantes con un asesor de confianza, que trabaja en estrecha colaboración cada
día;

Planes Personales de Aprendizaje: cada estudiante trabaja con sus
asesor cada término para desarrollar un plan para la reunión
competencias académicas, sociales y de aprendizaje emocional
y normas;

Aprendizaje basado en proyectos dirigido por estudiantes: estudiantes
proponer, desarrollar y autoevaluar su aprendizaje a través de
proyectos estructurados y gestionados;

“Dejar de Aprender”: se construyen los horarios semanales de todos los estudiantes
en torno a tutorías de alta calidad, aprendizaje de servicio y/o
experiencias universitarias tempranas; y

Gobernanza Participativa de la propia Escuela como “Acción Cívica”.
La Escuela Chárter deberá presentar un plan de estudios completo antes del 15 de diciembre de
del año calendario anterior al primer año académico de la escuela. los
El plan de estudios estará sujeto a la aprobación de la Oficina. Si la Oficina
no notifica al Concesionario de lo contrario, el plan de estudios será
se considerará aprobado 45 días después de su presentación a la Oficina.
La Escuela Chárter se adherirá al programa educativo establecido
presente y notificará inmediatamente al Director en caso de que la Carta
Escuela propone hacer un cambio significativo en el programa educativo.
Al recibir la notificación, el Director determinará si
renegociar o revocar este Contrato bajo la Sección 9.2. El director
se reserva el derecho de considerar un cambio significativo en el sistema educativo
programa sin la aprobación del Director como una violación de este Contrato
sujeto a revocación bajo la Sección 9.2.
(4)
Los métodos que utilizará la Escuela Chárter para permitir que los alumnos alcancen los
metas educativas bajo Wis. Stat. § 118.01, incluida una descripción de
cómo se atenderá a los alumnos con discapacidades de acuerdo con las
Ley.
La Escuela Democrática Milestone seguirá los protocolos establecidos para
Aprendizaje personalizado y basado en proyectos, como lo ejemplifica EdVisions
escuelas y otros. Lo que sigue es una breve descripción:
Durante el curso del Año de Planificación, el Equipo de Diseño deberá desarrollar
y adoptar una serie integral de medidas sociales, emocionales y académicas.
Competencias (incluidas las académicas, vocacionales, ciudadanas y
Habilidades de Desarrollo Personal como lo indica el Estatuto), que el Maestro
Práctica Profesional/Cooperativa de Educadores (TPP/EC) posteriormente
alinearse con los Estándares Estatales Básicos Comunes, Ciencia de Próxima Generación
Estándares y Estándares Académicos de Wisconsin (u otros, según corresponda),
y convertirse en un alcance y una secuencia integrales para
aprendizaje. La Junta de Gobierno, según los estatutos de Milestone Democratic
School, revisará el diseño de competencias presentado por el Design
Equipo y el alcance y secuencia presentados por el TPP/EC para asegurar
su cumplimiento con el estatuto, este Contrato y los valores de Milestone.
Durante la implementación, en grupos pequeños, asesoramientos de edades mixtas, los estudiantes
trabajará en estrecha colaboración con un asesor y sus familias para codiseñar un
“Plan Personal de Aprendizaje”, que dictará las competencias específicas
cada estudiante seguirá durante un término dado, y el aprendizaje
oportunidades (incluyendo proyectos dirigidos por estudiantes, pasantías, en línea
y blended learning, y cursos de instrucción y seminarios) que el
accederá el estudiante con el fin de incrementar el dominio en dichas competencias.
8Un coordinador de educación especial trabajará directamente con todos los asesores para
asegurar que los estudiantes con discapacidades incorporen todos los elementos requeridos de
su Programa de Educación Individualizado (IEP) en la estructura del
Plan de Aprendizaje Personal (PLP). El coordinador de Educación Especial deberá
presentar a la Junta de Gobierno para su aprobación un conjunto claro de políticas y
procedimientos para lograr la combinación efectiva de "IEP" y
“PLP” dentro de todos los límites legalmente requeridos.
A medida que los estudiantes avanzan en un período, reuniones individuales frecuentes y regulares
los controles con su asesor se centrarán en la evaluación formativa de
el progreso de los estudiantes hacia las metas descritas en su Aprendizaje Personal
Plan. Al final de cada período, los asesores se reunirán para evaluar
evaluación de todo el trabajo realizado, y para evaluar qué competencias
han sido recibidos con satisfacción.
(5)
El método por el cual el alumno progresa en el logro de las metas educativas.
bajo Wis. Stat. § 118.01 se medirá.
La Escuela Chárter administrará los exámenes requeridos bajo
Estadísticas de Wis. §§ 118.30(1r) y 121.02(1)(r), 20 USC § 1177 et. sec. (además
conocida como la "Ley de éxito de todos los estudiantes"), y cualquier otro
Ley a los alumnos matriculados en la Escuela Chárter y hará que la prueba
datos para que la Escuela Chárter se transmita al Director en tal forma
según lo determine el Director.
La Escuela Chárter administrará las Medidas de Progreso Académico
(“MAP”) programa de prueba desarrollado por Northwest Evaluation
Asociación ("NWEA"), u otro sistema de evaluación aprobado por la
Oficina, según lo designe anualmente la Oficina. La Escuela Chárter deberá
administrar las evaluaciones MAP de Lectura y Matemáticas a los estudiantes de primer
hasta el décimo grado, según corresponda, tanto en el otoño como en la primavera. Estas
Las evaluaciones están diseñadas para medir el progreso del estudiante y proporcionar
información que se puede utilizar para mejorar la enseñanza y el aprendizaje. los
Charter School hará que dichos datos de prueba se transmitan a la
Oficina en tiempo y forma.
Además, la Escuela Chárter administrará la formación académica
medidas de desempeño identificadas en el Apéndice D.
(6)
La estructura de gobierno de la Charter School, incluido el método para
ser seguido por la escuela para asegurar la participación de los padres.
La Escuela Chárter será dirigida por una Junta de Gobierno independiente
que, como concesionario, está organizado como una corporación sin acciones de Wisconsin
independiente del autorizador y solicitar y mantener IRC § 501(c)(3)
estado exento de impuestos federales.
El Directorio estará compuesto por Directores con derecho a voto y Directores sin derecho a voto. los
La Junta estará compuesta por entre cinco y nueve Directores con derecho a voto que serán
elegido. El Director Ejecutivo actuará como miembro de oficio, sin derecho a voto.
Miembro del consejo de directores. Se buscarán directores que traigan
diferente experiencia y perspectiva a la Junta, incluyendo pero no
limitado a negocios, finanzas, educación, legal, comunidad y padres
representación.
No más de una minoría de los miembros de la Junta de Gobierno puede ser
empleados de la Escuela Chárter. Los directores no podrán ser empleados o
funcionarios del distrito escolar en el que se encuentra la Escuela Chárter. No
los miembros de la Junta pueden ser empleados o funcionarios de la UWSA o la OEO
para cumplir con los requisitos para las escuelas chárter que reciben escuelas chárter federales
fondos del programa escolar.
La gobernabilidad en la Escuela Democrática Milestone se lleva a cabo en cinco
diferentes cuerpos:

Un “Equipo de Diseño Escolar”, seleccionado por sorteo ponderado en el
comienzo de cada año académico. El deber principal de este organismo es
evaluar el Plan Escolar actual y crear una nueva Iteración de
el Plan Escolar cada año (o antes, si así lo indica la Escuela).
Reunión). Todas las decisiones de diseño tomadas por el Equipo de Diseño serán
revisado por la Junta de Gobierno para el cumplimiento de las normas locales,
leyes estatales y federales, con el contrato de fletamento principal y con
los valores de Milestone. Cualquier decisión que se encuentre fuera de
el cumplimiento de estos se devolverá al Equipo de Diseño para
revisión. La composición del Equipo de Diseño será:
una. Estudiantes actuales de Milestone
b. Familiares de estudiantes actuales
C. Los miembros del personal
d. Partes interesadas de la comunidad (antiguos miembros del equipo de diseño,
ex alumnos y sus familias, asesores comunitarios —
personas asociadas con nosotros para educar a los estudiantes +
pasantías)
mi. 1 “observador” del Equipo de Diseño anterior, elegido por
ese equipo a través de Voto Alternativo, esta persona puede participar
en consenso pero es opcional

Una Junta de Gobierno, elegida por Voto Alternativo de una Comunidad
Reunión de compromiso en diciembre de cada año académico, con
10cada miembro en servicio por un período de un año a partir de cada mes de enero.
Las funciones principales de este organismo son elevar el perfil de Milestone,
recaudar fondos para Milestone, y para supervisar el otro gobierno
organismos para asegurar que todas las acciones que tomen sean legales, en cumplimiento
con nuestro contrato, y en alineación con nuestros valores. los
la membresía de la Junta de Gobierno será consistente con un
mínimo de:
una. 2 miembros del personal
b. 3 estudiantes
C. 2 partes interesadas/miembros de la comunidad

“Reunión escolar”, incluidos todos los estudiantes matriculados y empleados
personal de Milestone, reuniéndose cada semana. Los deberes primarios de
Reunión Escolar deben tomar todas las decisiones de semana a semana sobre
cómo opera Milestone que no se describen en el plan escolar,
hacer los ajustes necesarios a ciertos elementos de la Escuela
Plan, y recibir reportes de cada Asesoría. Todos
Las decisiones tomadas por la Junta Escolar serán revisadas por el
Junta de Gobierno para el cumplimiento de las leyes locales, estatales y federales.
con la ley, con el Contrato y con los valores de Milestone.

“Compromiso con la comunidad”, una reunión mensual, vespertina o de fin de semana
reunión a la que los estudiantes, el personal, las familias y la comunidad
Se invita a las partes interesadas, facilitado por el Profesor Profesional
Práctica/Cooperativa de Educadores. Los deberes primarios de
Compromiso con la comunidad son para proporcionar información relevante, y
invitar a participar en el proceso democrático de toma de decisiones
que asegurará que la escuela se mantenga al día con la comunidad
necesidades.

Una “Práctica Profesional Docente” (o, alternativamente, una “Práctica de los Educadores”).
Cooperativa”) formada por todo el personal a tiempo completo y parcial de Milestone.
Los deberes primarios del TPP/EC son poner en acción los
iteración actual del Plan Escolar, y para hacer reportes y
facilitar las operaciones de Reunión Escolar, Comunidad
Compromiso y el equipo de diseño. Todas las decisiones de operaciones tomadas
por el TPP/EC serán revisados por la Junta de Gobierno para
cumplimiento de las leyes locales, estatales y federales, con el maestro
contrato de charter, y con los valores de Milestone.
La Junta de Gobierno se reunirá periódicamente con un
mínimo de 12 reuniones por año escolar. Por Wis. Stat. §
118.40(2x)(b)2.g., las conferencias de padres y maestros también se llevarán a cabo al menos
una vez al año.
La Junta de Gobierno tendrá autonomía y decisión
autoridad sobre la programación educativa, el presupuesto, la dotación de personal y
11programación. Asimismo, la Junta de Gobierno tendrá las facultades
necesario para llevar a cabo los términos de este Contrato, incluyendo:

Para recibir y desembolsar fondos para propósitos escolares;

Para obtener un seguro adecuado;

Para celebrar contratos, incluidos los contratos con una Universidad de
Institución de Wisconsin o campus universitario, junta de colegio técnico,
o colegio o universidad privada, para fines técnicos o financieros
asistencia, apoyo académico, revisión del plan de estudios u otros
servicios;

Incurrir en deuda con una anticipación razonable de la recepción de fondos;

Dar en prenda, ceder o gravar sus bienes para que sirvan de garantía
para préstamos o extensiones de crédito;

Solicitar y aceptar obsequios o subvenciones para fines escolares;

Adquirir bienes inmuebles para su uso; y

Demandar y ser demandada en nombre propio.
Al ejercer la autoridad bajo esta Sección, la Junta de Gobierno deberá
adherirse a todas las Leyes Aplicables.
La Junta de Gobierno también presentará informes al Director como
razonablemente solicitado.
(7)
Con sujeción a la Legislación Aplicable, los requisitos que deben reunir los
personas que serán empleadas en la Escuela Chárter.
Todo el personal de instrucción para quien se requiere licencia por Wis. Stat. §§
118.19(1) y 121.02(1)(a)(2) deberán tener una licencia o permiso para enseñar
emitido por el Departamento. Sin perjuicio de lo anterior, sin embargo, la
Las partes acuerdan que Charter School no es un instrumento de la
Distrito y por lo tanto no está sujeto a los requisitos derivados de
conexión con Wis. Stat. §§ 118.40(7)(a) y 118.40(7)(am).
(8)
Los procedimientos que seguirá la Escuela Chárter para garantizar la salud
y seguridad de los alumnos.
La Escuela Chárter cumplirá con todas las Leyes Aplicables relativas a
salud y seguridad que pertenecen a la operación de la escuela pública. La carta
La escuela establecerá y mantendrá en todo momento políticas, procedimientos y
procesos de acuerdo con la Legislación Aplicable para asegurar la integridad física,
salud social y emocional de los alumnos matriculados en los programas operados
por la Escuela Chárter. La Escuela Chárter revisará estas políticas,
procedimientos y procesos anualmente y actualizarlos según sea necesario para
continuar garantizando la salud y la seguridad de sus alumnos. La Escuela Chárter se asegurará de que todos los empleados de la Escuela reciban capacitación
anualmente sobre las obligaciones de informes obligatorios bajo Wis. Stat. § 48.981. Si
la Escuela requiere que los empleados completen un informe de incidente o en algunos
otra forma notificar a los supervisores o administradores cuando sospechen de un
estudiante ha sido descuidado o abusado, la capacitación y cualquier política escrita
sobre el tema debe quedar claro que tal acción no cumple con su
responsabilidades de informar. La escuela también debe proporcionar alternativas
canales de denuncia en caso de que la mala conducta involucre a alguien en el
cadena de informes normal, como un administrador.
La Escuela Chárter entrenará a todos los estudiantes en la evacuación a un lugar seguro
en caso de incendio, tornado, clima severo, intruso armado u otra
peligro de seguridad
La Escuela Chárter cumplirá con cualquier otra acción que la Oficina pueda
solicitar razonablemente para garantizar la salud y la seguridad de sus alumnos.
(9)
Los medios por los cuales la Escuela Chárter logrará una discriminación racial y étnica.
equilibrio entre sus alumnos que refleja la población del Distrito.
La Escuela Chárter es una escuela pública y no discriminará porque
de sexo, raza, religión, origen nacional, ascendencia, embarazo, matrimonio o
paternidad, orientación sexual o discapacidad física, mental, emocional o
discapacidad de aprendizaje. La información sobre la Escuela Chárter se distribuirá
a través de artículos de periódicos, correos de Charter School, folletos,
conferencias de maestros y el sitio web de la escuela con el objetivo de lograr un
equilibrio racial y étnico entre los alumnos que refleja la zona
población en edad escolar. Si es necesario, la Escuela Chárter apuntará a su
esfuerzos de marketing a áreas que pueden estar subrepresentadas o en riesgo en el
Población de alumnos de Charter School.
(10)
Los requisitos de admisión a la Escuela Chárter.
La Escuela Chárter estará abierta a todos los residentes de Wisconsin. La carta
La escuela no puede administrar ninguna prueba o evaluación a los estudiantes antes de
aceptación e inscripción. La Escuela Chárter no puede limitar la inscripción
debido al sexo, raza, color, religión, origen nacional, ascendencia,
embarazo, estado civil o parental, orientación sexual o estado físico,
discapacidad mental, emocional o de aprendizaje. La Escuela Chárter no limitará
matriculación debido al idioma hablado, intelectual o
capacidad atlética, medidas de logro o aptitud.
El Concesionario reconoce y acepta que si el número de inscripción
solicitudes excede el límite de inscripción de la Escuela Chárter, la Escuela
seleccionará a los estudiantes a través de una lotería al azar a más tardar setenta y cinco (75)
días antes del inicio de cada año escolar. La Escuela Chárter debe dar
preferencia a alumnos y hermanos de alumnos que ya asisten a la
Escuela Autónoma. La Escuela Chárter puede dar preferencia a los niños de la
Los fundadores de Charter School, los miembros de la Junta de Gobierno y los
empleados, pero el número total de dichos niños a los que se dará preferencia será
constituyen no más del 10 por ciento del total de la Escuela Chárter
inscripción. La Escuela Chárter puede mantener una lista de espera para los estudiantes
que no son seleccionados en la lotería al azar y utilizan la lista de espera para
llenar los asientos abiertos.
A partir del inicio del primer año académico, el proyecto de las Partes
una matrícula aproximada de 50 alumnos. Si la Escuela no logra
cumplir sustancialmente con esta proyección 60 días antes del inicio del
año académico, como se demuestra a través de solicitudes de inscripción firmadas
por los padres/tutores de los estudiantes u otra documentación razonable, el
La carta de la escuela puede estar sujeta a revocación a discreción del
Director. La Oficina se reserva el derecho de verificar la inscripción
documentación.
(11)
La manera en que las auditorías anuales de los estados financieros y programáticos
se llevarán a cabo las operaciones de la Escuela Chárter.
El Beneficiario deberá presentar estados financieros anuales auditados de la
Las operaciones de Charter School, junto con las cartas de gestión del auditor.
y cualquier excepción notada por los auditores, a la Oficina anualmente
comenzando después del primer año escolar completo. Además, el Concesionario deberá
presentar un informe de auditoría utilizando la plantilla proporcionada por la Oficina en
Apéndice C. Los informes de auditoría del ejercicio fiscal anterior se prepararán
por cuenta pública certificada y presentado a la Oficina antes del 1 de diciembre.
Las auditorías se llevarán a cabo de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas.
y con las Normas de Auditoría Gubernamental vigentes emitidas
por el Contralor General de los Estados Unidos. El informe de auditoría debe
contener una declaración sobre si el auditor tiene o no
duda sustancial en cuanto a la capacidad de la Escuela Chárter para continuar como un
inquietud. El Concesionario proporcionará a la Oficina el nombre y contacto
información del contador público autorizado que realizará la
Auditoría de la escuela a más tardar el 15 de septiembre de cada año.
En el caso de que el Concesionario contrate con una o más gestoras
empresas para la operación o administración de la Escuela Chárter, la
Los informes incluirán informes separados de las sociedades gestoras.
gastos en nombre de la Escuela Chárter.
El Director puede revisar las prácticas financieras de la Escuela Chárter en
en cualquier momento y podrá solicitar informes razonables de la Escuela con la debida
aviso. Todas las operaciones financieras de la Escuela Chárter deben estar en
conformidad con la Ley Aplicable y las políticas, prácticas y
salvo renuncia expresa del Director.
(12)
Los procedimientos para disciplinar a los alumnos.
La Escuela Chárter operará bajo una política de disciplina estudiantil que
debe incluir varias consecuencias que los estudiantes pueden recibir por
tipos designados de mala conducta.
La Escuela Chárter también tendrá una política de suspensión y expulsión.
escrito de acuerdo con la ley estatal. La Escuela Chárter cumplirá con
los motivos y procedimientos para suspender y expulsar a los estudiantes como
descrito en la política de suspensión y expulsión de la escuela.
La Escuela Chárter no debe aplicar su disciplina estudiantil y suspensión
y políticas de expulsión de una manera que tenga el efecto de discriminar
contra los estudiantes con discapacidad.
Según el “Diseño de Justicia” elaborado por consenso del Diseño
Equipo, ante el conflicto (violaciones de los valores y lineamientos adoptados por
Reunión Escolar) se convierte en violencia o daño, Círculos Restaurativos liderados por capacitados
encargados de los círculos estudiantiles y facilitado por miembros capacitados del TPP/EC.
Si el TPP/EC determina que un estudiante está causando suficiente daño a
otro estudiante, un grupo de estudiantes o la comunidad escolar, el TPP/EC
puede decidir sacar a ese estudiante de la escuela suspendiendo el
estudiante hasta el momento en que la Justicia Restaurativa y/o la Comunidad sean efectivas.
Las prácticas de rendición de cuentas pueden garantizar la seguridad de la comunidad escolar.
Si el TPP/EC determina que los intentos de Justicia Restaurativa y/o
La Responsabilidad Comunitaria no ha garantizado ni es probable que garantice la seguridad de los
comunidad escolar, pueden recomendar a la Junta de Gobierno que el
estudiante sea removido de la comunidad escolar a través de la expulsión del
alumno. Posteriormente, la Junta de Gobierno determinará si
se justifica la expulsión. Si un estudiante y/o su familia sienten que un
determinación del TPP/EC no es justa, pueden apelar a la Gobernanza
Junta.
(13)
Las alternativas de escuela pública para los alumnos que residen en su residencia
distrito y no desea asistir o no es admitido en la Carta
Escuela.
Bajo Wis. Stat. § 118.40(6), no se puede exigir a ningún alumno que asista a una
Escuela Autónoma. Cualquier alumno que no elija inscribirse y asistir
la Escuela Chárter puede asistir a otra escuela en el Distrito del estudiante.
(14)
Una descripción de las instalaciones de la Escuela y los tipos y límites de las
seguro de responsabilidad civil que llevará la Escuela.
La Escuela Chárter ocupará el edificio en 2758 Dairy Dr, Madison, WI
53718.
Cualquier cambio de ubicación o aumento en el número de planteles debe ser
aprobado previamente por el Director.
El Concesionario mantendrá la siguiente cobertura de seguro con
límites mínimos que se establecen a continuación:

Responsabilidad Civil General Comercial: (que debe incluir la cobertura de
abuso y acoso sexual, castigo corporal, deportes
eventos y uso de equipos de gimnasio)
Tipo de cobertura
Límite mínimo
Cada límite de ocurrencia
$1,000,000
Daños a locales alquilados
$50,000
Gastos Médicos (por persona)
$5,000
Lesiones personales y publicitarias
$1,000,000
Agregado General
$2,000,000
Productos – Comp/Op Agregado
$2,000,000

Responsabilidad Civil:
Tipo de cobertura
Límite único combinado Límite mínimo
$1,000,000

Paraguas/Exceso de Responsabilidad:
Tipo de cobertura
Cada límite de ocurrencia
Límite Agregado General Límite Mínimo
$5,000,000
$5,000,000

Compensación al Trabajador: Cobertura Estatutaria

Confianza del empleador:
Tipo de cobertura
cada accidente
16
Límite mínimo
$100,000Enfermedad – Cada empleado
Enfermedad – Límite de la póliza
$100,000
$500,000

Errores y omisiones del líder escolar/responsabilidad legal del educador:
Tipo de cobertura
Límite mínimo
Cada límite de ocurrencia
$1,000,000
Límite agregado
$2,000,000

Cobertura de delitos/deshonestidad de los empleados: (seguro comercial o
fianza que cubre el delito, incluido el robo de empleados, la falsificación, el hurto,
y malversación de fondos para empleados de la Escuela, Junta de Gobierno
socios y sociedades gestoras responsables de la
decisiones financieras de la Escuela Chárter)
Tipo de cobertura
Límite mínimo
Límite por pérdida
$500,000
La “Junta de Regentes del Sistema de la Universidad de Wisconsin, sus oficiales,
empleados y agentes” será nombrado como un asegurado adicional bajo
las pólizas de seguro descritas en las partes 1-3 anteriores. un certificado de
seguro que acredite los requisitos de seguro antes mencionados es
ser proporcionado a la Oficina a más tardar el 31 de mayo anterior a la Carta
El primer año académico de la escuela y cada año a partir de entonces antes del 1 de julio.
Específicamente, el titular del certificado será la Junta de Regentes de la
Sistema de la Universidad de Wisconsin, c/o la Oficina de Educación
Oportunidad, 1564 Van Hise Hall, 1220 Linden Drive, Madison, WI 53706.
El Concesionario notificará inmediatamente a la Oficina al recibir un aviso
de cancelación, no renovación o cambio de cobertura por cualquiera de sus aseguradoras.
En caso de que el Beneficiario no pueda obtener cualquiera de los mencionados
coberturas, el Concesionario puede solicitar una renuncia por escrito de lo anterior
disposiciones del Gerente de Riesgos de la Universidad dirigiendo dicha solicitud
a la oficina. En ningún caso el derecho de la Junta a la recuperación de
daños y perjuicios limitados al hecho de que se nombra como asegurado adicional
bajo las pólizas de seguro mencionadas anteriormente.
El Concesionario requerirá que los subcontratistas de la Escuela Chárter sean
asegurado y proporcionar un certificado de cobertura que proporcione evidencia de la
pólizas de seguro descritas en las partes 1-3 anteriores. El concesionario o la carta
La escuela será nombrada como un asegurado adicional bajo el contrato del subcontratista.
pólizas de seguro descritas en las partes 1 y 2 anteriores.
Además, para los subcontratistas que prestan servicios de alto riesgo, incluidos, por
ejemplo, vuelos chárter, eliminación de amianto, construcción de edificios y
remodelación, custodia, guardería, mantenimiento de ascensores, comida manual
servicio, servicios médicos, servicios recreativos/entretenimiento de alto riesgo,
transporte de desechos y eliminación, seguridad y transporte de
personas, el Concesionario consultará con su seguro, gestión de riesgos,
y asesores legales para determinar tipos y límites de cobertura adicionales
necesario para proteger al subcontratista y al Concesionario de exposiciones no
cubiertos por los requisitos básicos de seguro mencionados anteriormente.
Los subcontratistas deberán presentar un certificado de seguro que demuestre que han
obtenido las coberturas y límites de seguro apropiados.
Para efectos de este subpárrafo, "subcontratista" se define como cualquier
tercero o entidad con la que el Beneficiario contrata para la prestación de
bienes o servicios relacionados con la Escuela, y cuyo subcontratista no es
expresamente cubierto por la propia cobertura de seguro de responsabilidad civil del Beneficiario como
descrito arriba.
Sección 3.2
Por Wis. Stat. § 118.40(2x)(b)2., el efecto del establecimiento de la Carta
Escuela sobre la responsabilidad de la Universidad.
La Universidad no será responsable ante ninguna persona que no sea Parte de este Contrato
debido al establecimiento u operación de la Escuela Chárter. Además, el
La Universidad no asume ninguna obligación con respecto a ningún funcionario, director, empleado,
agente, padre, tutor, estudiante o contratista independiente del concesionario o
Charter School, o cualquier otra persona que reciba servicios de o haga
negocios con el Concesionario o la Escuela Chárter.
Las Partes acuerdan que nada en este Contrato creará ninguna asociación,
asociación o empresa conjunta entre las Partes, o cualquier empleador-empleado
relación entre la Universidad y la Junta de Gobierno o la Carta
Escuela.
Sección 3.3
Por Wis. Stat. § 118.40(2x)(b)2.d., la metodología que utilizará el
Junta Escolar para monitorear y verificar la inscripción de alumnos, la acumulación de créditos y el curso
terminación.
El desarrollador de la escuela, el coordinador de inscripción y cualquier futuro
Asistente Administrativo, se asegurará de que todos los documentos digitales
a las solicitudes y la inscripción son accesibles para todos los miembros de la
Junta de Gobierno. Informes de inscripción generados por cualquiera de los anteriores
las partes se comunicarán con prontitud a la Junta de Gobierno. El TPP/CE
suministrará a la Junta de Gobierno, por lo menos trimestralmente, informes de
progreso del estudiante hacia la graduación a lo largo de los respectivos
Plan de aprendizaje personalizado.
Sección 3.4 Prácticas no sectarias. La Escuela Chárter no será sectaria en todos sus
programas, políticas de admisión, prácticas de empleo y todas las demás operaciones.
Sección 3.5 Matrícula. En la medida prevista en Wis. Stat. § 118.40 et seq., la Escuela Chárter
no cobrará matrícula.
Sección 3.6 Antidiscriminación.
(1) A ningún estudiante se le puede negar la admisión o participación en el
beneficios de, o ser discriminado en cualquier programa de Charter School,
operación o actividad sobre la base de raza, color, credo, religión, edad, sexo,
orientación sexual, identidad o expresión de género, origen nacional,
ascendencia, discapacidad, embarazo, estado civil o paternidad, o cualquier otra
categoría protegida por la ley, incluida la condición física o la discapacidad.
(2) Ningún empleado de la Escuela Chárter puede ser discriminado en el
base de raza, color, credo, religión, edad, sexo, orientación sexual, género
identidad o expresión, origen nacional, ascendencia, discapacidad, embarazo,
estado civil o parental, información genética, antecedentes penales, condena
registro, servicio militar, estado de veterano, uso o no uso de productos legales
fuera de las instalaciones del empleador durante las horas no laborables, negándose a asistir
una reunión o participar en cualquier comunicación sobre asuntos religiosos o
asuntos políticos, o cualquier otra categoría protegida por la ley.

ARTÍCULO CUATRO: OBLIGACIONES ADICIONALES Y PODERES DEL CONCESIONARIO Y LA ESCUELA CHARTER


Sección 4.1
Cumplimiento de la Legislación Aplicable. La Escuela Chárter cumplirá con todas
Ley aplicable, que puede cambiar de vez en cuando. la escuela chárter
reconoce y acepta que la Legislación Aplicable incluye específicamente lo siguiente:
1.
2.
3.
4.
Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, 42 USC §§ 2000d-2000d-7;
Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972, 20 USC § 1681 et seq.;
Ley de Discriminación por Edad de 1985, 42 USC § 6101 et seq.;
Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1974, 29 USC § 794, y la
Ley de Estadounidenses con Discapacidades, 42 USC §§ 12101-12213;

Ley de Educación para Individuos con Discapacidades, 20 USC § 1400-1485 et seq.;

Ley de Derechos de Privacidad y Educación Familiar, 20 USC § 1232(g) y Wis.
Estadística §118.125 Registros de alumnos;

Ley de Lugares de Trabajo Libres de Drogas, 41 USC § 701 et seq.;

Ley de Respuesta a Emergencias por Peligro de Asbesto, 15 USC §§ 2641-2655;

Ley de éxito de todos los estudiantes, Pub.L. 114-95;

Wis. Stat. § 48.981 Niños abusados o abandonados;

Wis. Stat. § 118.31, que prohíbe el castigo corporal de los alumnos;

Wis. Stat. § 118.32, que prohíbe el registro desnudo de un alumno;

Wis. Stat. § 118.40 (2x)(b)2. L, que requiere que la Escuela Chárter
plan de estudios incluyen la instrucción requerida bajo § 121.02 (1) (L) 8., si
la Escuela Chárter opera en el grado 5 o superior; y

Wis. Stat. § 115.415 Eficacia del educador.
Si la Ley Aplicable requiere que la Oficina tome ciertas medidas o establezca
requisitos con respecto al Concesionario, el Concesionario cooperará con
esas acciones y cumplir con esos requisitos.
Sección 4.2 Estado sin fines de lucro. La Escuela Chárter será creada, mantenida y operada
por el Beneficiario, una corporación sin acciones creada bajo el Capítulo 181, Wisconsin
estatutos El Concesionario proporcionará a la Oficina evidencia documental de que está
una organización sin acciones en buena posición bajo las leyes del Estado de
Wisconsin, incluida una copia de sus estatutos, a la fecha de ejecución de este Contrato.
El Concesionario seguirá siendo una corporación sin acciones bajo las leyes de Wisconsin por
la duración de este Contrato y deberá, según lo solicite el Director, proporcionar la
Prueba documental de oficio que acredite su buena reputación y su no existencias
estado antes del 1 de noviembre de cada año a partir de entonces. El Concesionario solicitará y
mantener el estado de exención de impuestos en virtud de la sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas
de 1986.
Sección 4.3 Investigación de antecedentes. El Concesionario, a sus expensas, realizará o hará que
se realizará una investigación de antecedentes a través del estado de Wisconsin
Departamento de Justicia de todos los empleados, agentes, contratistas,
20y voluntarios comprometidos en la Escuela Chárter como maestros o de otra manera
acceso a los alumnos, y no asignará a ningún empleado, agente, contratista o
ofrecerse como voluntario para enseñar o para tener acceso a los alumnos hasta que el Concesionario o su
designado investiga y determina que no hay nada en la información divulgada
antecedentes del empleado, agente, contratista o voluntario que harían
él / ella no es apto para enseñar o tener acceso a los alumnos de la Escuela Chárter,
incluida la condena por un delito penal o cargos pendientes que sustancialmente
se relacionan con los deberes y responsabilidades asignados al empleado, agente,
contratista o voluntario. Para efectos de esta Sección, “voluntario” significará un
persona no remunerada que sirve en la Escuela Chárter y que tiene una
acceso sin supervisión a los alumnos, pero no incluirá a un padre/tutor cuyo
el acceso significativo/no supervisado está limitado a su propio hijo/a. Tal
La verificación de antecedentes se realizará dentro de los 30 días anteriores al primer día de
el año académico de la Escuela Chárter. En caso de que un individuo comience
empleo o voluntariado después de que se realizó la selección para un año determinado,
dicha selección se realizará antes de que dicha persona comience a trabajar o
voluntariado con la Escuela Chárter.
Sección 4.4 Empleo de Personal. El Concesionario o sus agentes o designados deberán contratar
con el personal de acuerdo con todos los requisitos de la ley estatal con respecto a
certificación y calificaciones de empleados de escuelas públicas, incluyendo Wis.
Estadística § 118.19 y Wis. Stat. § 121.02. El Concesionario proporcionará a la Oficina una
copia de todos los informes de certificación de la facultad y el personal presentados ante el Departamento
que demuestre que dicho personal tiene la licencia requerida por este Contrato o tiene
solicitó la licencia del Departamento. El Concesionario o su designado deberá
poner a disposición de la Oficina, previa solicitud, todas las licencias, certificaciones y
contratos de trabajo para el personal contratado en la Escuela Chárter.
Sección 4.5 Capacitación. Por Wis. Stat. § 118.40(2x)(b)2.j., la Junta de Gobierno deberá
participar en cualquier capacitación requerida por la Oficina.
Sección 4.6 Tarifa administrativa. Por Wis. Stat. § 118.40(2x)(b)2.k., el Concesionario será
sujeto a los siguientes términos con respecto al pago de tasas administrativas.
(1)
El Concesionario pagará anualmente a la Oficina una tasa administrativa para
reembolsar a la Oficina los costos directos e indirectos reales de
administrar este Contrato durante cada período del 1 de julio al 30 de junio durante
la vigencia de este Contrato. Los costos reales no incluirán los honorarios de investigación. los
La tarifa administrativa será determinada por la Oficina, pero no excederá
3% del monto por alumno pagado al Beneficiario cada año por el
Departamento bajo la Sección 5.2 de este Contrato, o $75,000 tope en
tasas administrativas agregadas impuestas por la Sección 4.6(1).
Sección 4.7
Sección 4.8
(2) A más tardar el 1 de julio de cada año durante la vigencia de este Contrato, el
La Oficina proporcionará al Concesionario un presupuesto detallado que muestre la
La mejor estimación de la Oficina de los gastos totales propuestos para
administrar el Contrato durante el próximo período del 1 de julio al 1 de junio

Posteriormente, el Concesionario pagará a la Oficina el monto de dicho
gastos totales propuestos, haciéndolo en cuatro (4) pagos iguales, cada uno
debido dentro de los diez (10) días después de que el Concesionario haya recibido del
Departamento un pago de ayuda trimestral por alumno pagadero bajo Wis. Stat. §
118.40(2x)(e).
(3) A más tardar el 15 de diciembre de cada año durante la vigencia de este Contrato,
la Oficina proporcionará al Concesionario un informe financiero de fin de año
declaración que muestre los gastos totales reales de la Oficina para
administrar el Contrato, según lo dispuesto en esta Cláusula 4.6, durante el
Período del 1 de julio al 30 de junio entonces recién finalizado. Dentro de los noventa (90) días
después de que el Beneficiario reciba dicho estado financiero de fin de año, el
Oficina pagará al Concesionario, o el Concesionario a la Oficina, según sea el caso
puede ser, la diferencia entre (i) el importe del total real de la Oficina
gastos durante el período del 1 de julio al 30 de junio resumidos en tal
declaración fiscal de fin de año y (ii) el monto pagado por el Beneficiario con
respecto a tal período. Cualquier pago de conciliación realizado por el Beneficiario
de conformidad con esta Sección 4.6(3) permanecerán sujetos al límite 3% en
tasas administrativas agregadas impuestas por la Sección 4.6(1).
Actividades estudiantiles y tarifas de alquiler.
(1) La Escuela Chárter puede evaluar tarifas estudiantiles razonables para actividades tales como
excursiones y actividades extracurriculares, cuyas tarifas no excederán el
costo real para proporcionar tales actividades La Escuela Chárter también puede evaluar
tarifas de alquiler razonables por el uso de artículos tales como toallas, ropa de gimnasia,
y uniformes, cuyas tarifas no excederán el costo real para proporcionar tales
elementos. Sin embargo, la Escuela Chárter no puede prohibir que un alumno inscrito
de asistir a la Escuela Chárter, o expulsar o disciplinar de otro modo a tal
alumno, o retener o reducir las calificaciones del alumno porque el alumno no ha
honorarios pagados permisiblemente cobrados bajo esta Sección.
(2) La Escuela Chárter puede requerir que sus alumnos compren y usen uniformes,
pero ninguna Parte se beneficiará de la venta de uniformes a los alumnos.
Contratos de Transporte. El Concesionario podrá celebrar contratos con otros
distritos escolares o personas, incluidos los gobiernos municipales y del condado, para la
transporte de estudiantes de Charter School hacia y desde la escuela y para excursiones.
Sección 4.9
Inspección de las instalaciones de la escuela autónoma. El Concesionario permitirá que el Director
inspeccionar las instalaciones de la Escuela Chárter en cualquier momento durante la vigencia de este Contrato,
siempre que dicha inspección no interfiera materialmente con el orden y
operación eficiente de la Escuela Chárter.
Sección 4.10 Acceso directo a los registros de la escuela chárter. Sujeto a la Legislación Aplicable y de conformidad
a Wis. Stat. § 118.40(2x)(b)2.e., el Concesionario otorgará al Director al
aviso razonable el derecho a inspeccionar razonablemente y copiar al costo cualquier y todo
Registros y documentos de la escuela charter, incluidos los registros e informes de los alumnos
presentado por el Concesionario al Departamento, en cualquier momento dentro de los
horas hábiles durante la vigencia de este Contrato, siempre que dicha inspección
no interferirá materialmente con el funcionamiento ordenado y eficiente del
Charter School o sobrecargar indebidamente al personal de la Escuela. el beneficiario
proporcionará a la Oficina una copia de los informes presentados al Departamento
en el momento de la presentación como se identifica en el Apéndice A.
El Concesionario también acuerda proporcionar a la Oficina una copia de cualquier Escuela Chárter
registros y documentos dentro de las dos (2) semanas de cualquier solicitud razonable. Hacia
medida en que la Escuela Chárter proporciona los registros de la Escuela Chárter a la Oficina
que están protegidos por leyes de privacidad o confidencialidad, la Oficina acepta cumplir
por las leyes que se aplican a la Escuela Chárter y no divulgar tales
registros a terceros, salvo que lo exija la ley.
Sección 4.11 [Reservado.]
Sección 4.12 Calendario del Año Escolar. El Concesionario deberá presentar el calendario propuesto y
Hoja de Trabajo de Días y Horas de Instrucción del Departamento para cada año escolar no
más tarde el 1 de julio. Las escuelas deben programar anualmente al menos 437 horas de
instrucción directa del alumno en jardín de infantes, al menos 1,050 horas de instrucción directa del alumno
instrucción en los grados 1 a 6, y al menos 1,137 horas de alumno directo
instrucción en los grados 7 a 12. Las horas programadas pueden incluir recreo y tiempo
para que el alumno se transfiera entre clases, pero no incluirá el período de almuerzo. los
calendario estará sujeto a la aprobación de la Oficina. Si la Oficina no
notifique al Beneficiario en caso contrario, el calendario se tendrá por aprobado 30 días
después de la presentación a la Oficina.
Sección 4.13 Solicitudes de subvenciones. El Concesionario deberá presentar a la Oficina copias de cualquier
las solicitudes de subvenciones realizadas en nombre de la Escuela Chárter en el momento de la
la solicitud se presenta a la autoridad de financiación.
Sección 4.14 Autorización para la publicación de informes departamentales. El Beneficiario por la presente
autoriza al Departamento a divulgar o transmitir a la Oficina a solicitud de la Oficina
solicitar cualquier información, datos o informes presentados por el Concesionario con el
Departamento. Los informes presentados por el Beneficiario al Departamento incluyen la
Auditoría de Membresía Estudiantil, el Plan de Educación Especial (Informe No. PI-3200), el
Informe de Conteo de Alumnos del Tercer Viernes de Septiembre (Informe No. PI-1567-A), la Escuela
Informe de Desempeño, el Informe del Personal de Otoño (Informe No. PI-1202), el Informe de Otoño
Informe de Inscripción (Informe No. PI-1290), la Colección Federal: Especial
Education Child Count (Informe No. PI-2197-A), el Segundo Viernes de Enero Alumno
Informe de Conteo (Informe No. PI-1567-B), la Oferta de Cursos (Informe No. PI-1215),
el Informe de Fin de Año AODA/Tabaco, y el Informe Consolidado ESEA
Solicitud: Título I, Título II, Título III, Título IV, Título V Fondos Federales.
Sección 4.15 Informes separados. De conformidad con Wis. Stat. § 118.40(2x)(2)(b)2.h., si el Concesionario es
autorizada para operar más de una Escuela Chárter bajo este Contrato, deberá
ordenar a cada Junta de Gobierno que proporcione a la Oficina informes separados para
cada Escuela Chárter autorizada a continuación.
Sección 4.16 Pruebas de plomo.
(1) La Escuela Chárter deberá someterse a pruebas de detección de plomo anualmente, y el
El concesionario deberá enviar a la oficina, al personal de la escuela chárter y a los padres
de los estudiantes de Charter School, los resultados de dichas pruebas antes del 1 de febrero
cada año.
(2) Las pruebas de plomo pueden ser realizadas por un laboratorio certificado por el Wisconsin
Departamento de Recursos Naturales para realizar pruebas químicas de bebidas
muestras de agua
(3) Los resultados de las pruebas anuales de detección de plomo deben indicar que no se usó ningún grifo en alimentos.
preparación en la Escuela Chárter, ni ninguna fuente de agua potable en el
Charter School, excede los niveles de plomo establecidos en la Guía de Plomo y Cobre.
Norma emitida por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA).
(4) Los protocolos de prueba deben seguir la Protección Ambiental de los Estados Unidos.
directrices de la agencia “3T para reducir el plomo en el agua potable en las escuelas”;
sin embargo, un nivel de plomo de 15 ppb (no los 20 ppb que se enumeran) será el
estándar de umbral.
(5) Si la Escuela Chárter no cumple con el estándar requerido, deberá presentar
documentación del trabajo realizado para rectificar la deficiencia a (a) la
Oficina, (b) el personal de la Escuela Chárter y (c) los padres de la Escuela Chárter
estudiantes dentro de los 60 días posteriores a la presentación de los resultados de sus exámenes.

ARTÍCULO QUINTO: RESPONSABILIDADES CONJUNTAS DE LAS PARTES


Sección 5.1
Contratos de Operación o Gestión y Otros Subcontratos.
(1) El Director se reserva el derecho de revisar y aprobar de antemano cualquier
Contrato de Explotación o Gestión para la explotación o gestión de la
Charter School que el Concesionario desea celebrar con un tercero
parte no tratada por el Beneficiario como un empleado del Beneficiario, que
se relaciona con la creación, implementación u operación de la academia
programa, instrucción, supervisión, administración o servicios comerciales en
Charter School y que contempla una responsabilidad agregada de más
de $50,000 por año fiscal.
(2) El Beneficiario deberá presentar una copia de cualquier Operación propuesta o
Contrato de Gestión a la Oficina para su aprobación antes de entrar en
tal contrato. La Oficina dispondrá de 30 días a partir de la recepción del contrato
revisar y notificar al Concesionario por escrito de la aprobación de la Oficina de la
contrato o rechazo del contrato con objeciones específicas. el beneficiario
podrá modificar una propuesta de contrato de acuerdo con las normas específicas de la Oficina
objeciones y volver a presentar el contrato para la aprobación de la Oficina, que
no se retendrá, condicionará ni retrasará injustificadamente. Si no está escrito
el aviso se proporciona dentro de los 30 días, el contrato se considerará aprobado
y el Concesionario puede celebrar el contrato.
(3) Todo Contrato de Operación o Administración deberá ser redactado y ejecutado
tanto por el Concesionario como por el tercero, contienen la información del tercero
comprometerse a presentar a la Oficina cualquier documentación material a la
Esfuerzos de la Oficina para ayudar al Director a llevar a cabo su supervisión
responsabilidades, y dispone que el tercero deberá, sujeto a
Ley Aplicable, conceder al Director o a la persona designada por el Director y al
Concesionario el derecho de inspeccionar y copiar al costo todos y cada uno de los registros y
documentos directamente relacionados con los términos y condiciones de este Contrato,
incluyendo registros de alumnos. Además, cada Operación o Gestión
Contrato con un tercero proveedor de servicios de gestión educativa
especificará la naturaleza y los métodos de compensación por tales terceros
parte proveedora de los servicios de gestión educativa y especificará la
métodos y estándares que el Concesionario utilizará para evaluar la
actuación del tercero.
(4) Sujeto a las aprobaciones específicamente previstas en el presente, el Beneficiario
tendrá plena autonomía sobre las actividades educativas de la Escuela Chárter.
programación, políticas, operaciones, desarrollo del presupuesto, programación,
dotación de personal y otras decisiones de personal.
25Sección 5.2 Pagos a la Escuela Chárter. A la ejecución de este Contrato, el Director deberá
notificar al Departamento de manera oportuna sobre la elegibilidad del concesionario para recibir fondos
bajo Wis. Stat. § 118.40(2x)(e). Durante la vigencia de este Contrato, el Beneficiario
será pagado por el Departamento la cantidad durante cada año escolar como se especifica
por Wis. Stat. § 118.40(2x)(e) y las normas y políticas aplicables del Departamento.
Sección 5.3 Evaluación del Desempeño. (Estatutos de Wis. § 118.40(2x)(b)2.ab.)
(1) La Oficina evaluará el desempeño de la Escuela Chárter con base en
desempeño académico, financiero y organizacional utilizando los indicadores
y métricas establecidas en el Apéndice D de este contrato.
(2) En caso de que la Escuela Chárter no apruebe, recibe un puntaje acumulativo de "Lejos
por debajo de los estándares” en un año determinado, se tomarán las siguientes medidas:
(a) Si dicha falla ha ocurrido por menos de tres
años, la escuela presentará un plan de remediación que describa la
medidas correctivas que tomará para cumplir con los indicadores que
recibió una puntuación de "Muy por debajo de los estándares" antes del 1 de julio de cada año
cuando sea necesario. Este plan de remediación deberá incluir un detallado
descripción del plan del Beneficiario para mejorar los indicadores que
no se cumplieron satisfactoriamente.
(b) Si dicha falla ha ocurrido durante tres años consecutivos o más,
la Escuela Chárter estará en incumplimiento del Artículo Nueve de la
Contrato y sujeto a revocación de su acta constitutiva; sin embargo menor
acción correctiva según lo determine la OEO a su exclusivo
discreción.
(3) Cumplimiento sustancial de los indicadores de desempeño establecidos en el Apéndice
D será el estándar para la renovación subsiguiente de la Escuela Chárter.
carta.
(4) La Oficina evaluará la Escuela Chárter al menos una vez al año de acuerdo con
los indicadores y métricas establecidos en el Apéndice D.
(5) De conformidad con la autoridad de la Oficina bajo Wis. Stat. § 36.64(4), el
El director puede buscar aportes y recomendaciones de un consejo asesor
sobre las evaluaciones anuales de desempeño y la renovación de la Escuela Chárter
decisiones como se describe en esta Sección; sin embargo, el consejo asesor
las recomendaciones no vincularán a la Oficina ni al Director.

ARTÍCULO SEXTO: AVISOS, INFORMES E INSPECCIONES

Sección 6.1 Aviso de Presupuesto Anual. El Concesionario proporcionará a la Oficina una copia del
presupuesto anual propuesto de Charter School para el próximo año académico a más tardar
antes del 1 de julio. Si se realizan revisiones posteriores al presupuesto que requieran
Aprobación de la Junta de Gobierno, el presupuesto revisado se entregará a la Oficina
dentro de los 30 días siguientes a dicha aprobación. Durante el primer año de Charter School
funcionamiento, el Director revisará el presupuesto anual en conjunto con el
Concesionario.
Sección 6.2 Otros Avisos.
(1) Convocatoria de Asambleas y Actas. La Escuela Chárter proporcionará a la
Notificación del director y agendas de la Junta de Gobierno con anticipación a todos
reuniones y actas aprobadas una vez publicadas. La Gobernanza
La Junta deberá cumplir con la Ley de Reuniones Abiertas de Wisconsin para entidades públicas,
Wis. Stat. § 19.81 y siguientes.
(2) Agencias gubernamentales. El concesionario o la escuela chárter deberá de inmediato
notificar al Director cuando el Concesionario o la Escuela Chárter reciba cualquier
correspondencia del Departamento o del Departamento de los Estados Unidos
de Educación u otra agencia gubernamental que requiera una
respuesta, excepto que no se requerirá ningún aviso de cualquier rutina, regular,
o envíos periódicos.
(3) Acciones Legales. La Escuela Chárter informará inmediatamente por escrito a
el Director cualquier litigio material, amenazado o presentado, o corte formal
procedimientos que aleguen la violación de cualquier Ley Aplicable con respecto a la
Charter School, sus empleados o sus estudiantes.
(4) Información de informes. Por Wis. Stat. § 118.40(2x)(b)2.i., el Concesionario deberá
proporcionar a la Oficina toda la información necesaria para que la Oficina
reunir los informes requeridos por Wis. Stat. § 118.40(3m)(f).
Sección 6.3 Ciertos Informes. El Concesionario proporcionará a sus expensas dicha información y
informes no periódicos que el Director pueda solicitar razonablemente para confirmar
cumplimiento por parte de la Escuela Chárter con los términos y condiciones de este Contrato.
Sección 6.4 Inspecciones. El Concesionario trabajará con la Oficina para permitir por lo menos una
visita formal a la Escuela Chárter cada año durante la cual el Director u otro
El representante de la oficina inspeccionará las operaciones de la Escuela Chárter. El Concesionario deberá
hacer esfuerzos razonables para acomodar cualquier visita informal a la Carta
Escuela que la Oficina pueda solicitar.

ARTÍCULO SÉPTIMO: DISPOSICIONES VARIAS

Sección 7.1 Asociaciones atléticas y otras. La Escuela Chárter puede unirse a cualquier organización,
asociación o liga como es habitual en las escuelas públicas del estado de Wisconsin
que tiene por objeto la promoción y regulación del deporte y el atletismo,
concursos de oratoria, música, drama, artes creativas u otros por o entre
alumnos.
Sección 7.2 Código de Ética. Cada miembro de la Junta de Gobierno y cada funcionario de la
Concesionario directamente involucrado en la implementación de los términos y condiciones de
este Contrato (cada uno un "Miembro de la Junta") estará sujeto al siguiente Código de
Ética:
(1) “Cualquier cosa de valor” significa cualquier dinero o propiedad, favor, servicio,
pago, anticipo, indulgencia, préstamo o promesa de empleo futuro,
pero no incluye la compensación pagada por el Concesionario por los servicios
de un miembro de la Junta, o gastos pagados por servicios como miembro de la Junta, o
hospitalidad brindada para un propósito no relacionado con los negocios de Charter School.
(2) “Familia inmediata” significa el cónyuge de un Miembro de la Junta y cualquier persona
quien recibe, directa o indirectamente, más de la mitad de sus
apoyo de un miembro de la Junta o de quien un miembro de la Junta recibió,
directa o indirectamente, más de la mitad de su apoyo.
(3) Ningún miembro de la Junta podrá, de manera contraria a los intereses de la
Charter School, usar o intentar usar su posición o Charter School
propiedad, incluida la propiedad arrendada por la Escuela Chárter, para obtener o
intentar obtener algo de valor sustancial para el beneficio privado de
el Miembro de la Junta, su familia inmediata o cualquier organización con
que el Consejero esté asociado.
(4) Ningún miembro de la Junta puede solicitar o aceptar de ninguna persona u organización
cualquier cosa de valor de conformidad con un entendimiento expreso o implícito de que
su conducta en los negocios de la Escuela Chárter se vería influenciada
de este modo.
(5) Ningún miembro de la Junta puede usar o divulgar intencionalmente
información relacionada con la Escuela Chárter de cualquier manera que pueda resultar en
la recepción de cualquier cosa de valor para sí mismo, para su
familia inmediata, o para cualquier otra persona u organización con la que el
Miembro de la Junta está asociado.
28(6) Si un Miembro de la Junta, un miembro de la familia inmediata de un Miembro de la Junta, o
cualquier organización con la que un miembro de la Junta esté asociado proponga
celebrar cualquier contrato (incluido un contrato de trabajo) o arrendamiento
con el Beneficiario que puede implicar pagos dentro de cualquier período de 12 meses
de $3,000 o más derivados total o parcialmente de pagos realizados
conforme a Wis. Stat. § 118.40(2x)(e), dicho Miembro de la Junta será
recusado de, y no participará en, ningún trato, discusión o
otra posición de aprobación o influencia con respecto a la del Beneficiario
celebrar dicho contrato o arrendamiento; siempre que, sin embargo, dicha Junta
El miembro puede ser parte de una discusión sobre dicho contrato propuesto.
o arrendamiento con el propósito limitado de responder a la Junta de Gobierno
consultas relativas a dicho contrato o arrendamiento.
(7) Un Miembro de la Junta puede celebrar un contrato o arrendamiento descrito en el
Subsección inmediatamente anterior solo si el Miembro de la Junta ha hecho
divulgación previa por escrito de la naturaleza y el alcance de cualquier relación
descrito en esa Subsección a la Oficina.
(8) Ningún Miembro de la Junta puede ser un empleado del Concesionario. No más que un
la minoría de los miembros de la junta pueden ser empleados de la escuela chárter
o empleados o funcionarios del distrito escolar en el que se encuentra la escuela chárter
se encuentra. §118.40(4)(ag). Bajo las reglas federales, las escuelas chárter que reciben
los fondos del programa federal de escuelas chárter no pueden tener ningún empleado de la
Administración del Sistema de la Universidad de Wisconsin en la Escuela Chárter
Junta de Gobierno.
Sección 7.3 Uso de Marcas Universitarias. Ni el Concesionario, la Escuela Chárter, ni ninguno de
sus subcontratistas pueden usar el nombre, logotipo u otra marca que designe al
Universidad sin el consentimiento expreso previo por escrito de la Oficina, ni podrá
el nombre, logotipo u otra marca que designe a la Junta sin el expreso consentimiento previo
consentimiento por escrito de la Junta de Regentes.
Sección 7.4 Copias de Ciertos Documentos. El Concesionario proporcionará a la Oficina a más tardar
que el 31 de mayo anterior al primer año académico de la Escuela Chárter:
(1) Copias de su contrato de arrendamiento o escritura de las instalaciones en las que se encuentra la Escuela Chárter.
operará; y
(2) Copias de los certificados de ocupación y seguridad requeridos por ley para
el funcionamiento de una escuela pública en el Estado de Wisconsin.
La Oficina se reserva el derecho de revisar y aprobar la suficiencia de tales
documentos. La insuficiencia de cualquiera de dichos documentos constituirá un Evento de
Incumplimiento en virtud de este Acuerdo.
Sección 7.5 Registros públicos. El Concesionario acepta administrar y supervisar la Escuela Chárter en
de acuerdo con todas las leyes de registros públicos federales y estatales aplicables. Para
fines de este Contrato, el Concesionario se considerará una "autoridad" tal como se define
en Wis. Stat. § 19.32(1) y estará sujeto a las disposiciones de la ley de registros públicos
de Wis. Stat. cap. 19, subcapítulo II.
Sección 7.6 Reuniones abiertas. El Concesionario acepta cumplir con las Reuniones Abiertas de Wisconsin
ley, Wis. Stats. § 19.81, et seq., y específicamente acuerda que las reuniones durante
que ocurran los siguientes eventos estará abierta al público en general:
(1) Presentación del informe anual a la Junta de Gobierno;
(2) Aprobación del presupuesto anual de Charter School por parte de la Gobernación
Junta;
(3) Todas las loterías de admisión escolar; y
(4) Aprobación de la auditoría anual de Charter School por parte de la Junta de Gobierno.
El Concesionario hará todo lo posible de buena fe para proporcionar un aviso razonable de la
reunión durante la cual los eventos mencionados anteriormente ocurren al padre/tutor de
cada estudiante que asiste a la Escuela Chárter y notificará al público en
conformidad con la Ley Aplicable.
Sección 7.7
Escuelas Adicionales. El concesionario puede abrir una o más escuelas chárter adicionales si
todas las escuelas chárter operadas por el Concesionario fueron designadas por alcanzar el uno de
las dos principales categorías de rendimiento durante tres años consecutivos en el
informes de rendición de cuentas publicados bajo Wis. Stat. § 115.385. Si nueva carta
se abren escuelas en virtud de esta disposición, las Partes celebrarán un nuevo
contrato para cada escuela adicional.

ARTÍCULO OCTAVO: DISPOSICIONES QUE FACILITEN LA INVESTIGACIÓN UNIVERSITARIA

Sección 8.1.
Investigar. Las Partes acuerdan que la Universidad podrá solicitar información a la
Concesionario y la Escuela Chárter con fines de investigación. Antes de realizar
dicha investigación, la Universidad buscará la aprobación por escrito del Concesionario, que
no será retenido injustificadamente. La información pertinente a dicha investigación deberá
Incluya lo siguiente:
(1) Encuestas. La Universidad puede encuestar a personas y grupos (incluidos
padres, estudiantes, maestros, miembros de la junta, otros involucrados en el
gobierno de la Escuela Chárter y el público) con respecto a la
rendimiento de la Escuela Chárter, siempre que dicha encuesta se
no interferir materialmente con el funcionamiento ordenado y eficiente del
Escuela Autónoma. La Universidad correrá con los gastos de desarrollo, impresión,
y distribuir dichas encuestas. El Beneficiario se compromete a cooperar con el
esfuerzos de la Universidad para llevar a cabo dichas encuestas. Contratos de trabajo con
los maestros empleados en la Escuela Chárter especificarán que deberán
cooperar con dichas encuestas.
(2) Participación en la evaluación de los padres/tutores. La Universidad podrá solicitar al
padre o tutor legal de un alumno inscrito en la Escuela Chárter para
participar en una evaluación o investigación, que puede incluir su
participación en una entrevista o respuesta a un cuestionario, sobre la
desempeño de la Escuela Chárter. El Concesionario hará sus mejores esfuerzos
para animar a los padres o tutores legales a participar en tales
proceso de evaluación o investigación, sujeto a su consentimiento.
(3) Observadores de investigación. El Beneficiario se compromete a aceptar en la Carta
Observadores de investigación en las instalaciones de la escuela designados por la Universidad para
servir como observadores de las actividades de la Charter School, siempre que
las actividades de tales observadores de investigación no interferirán con la
conducción ordenada y eficiente de la educación y los negocios en la Carta
Escuela.

ARTÍCULO NOVENO: REVOCACIÓN DEL CONTRATO POR EL DIRECTOR

Sección 9.1
Eventos de Incumplimiento por parte del Concesionario o la Escuela Chárter. El Director podrá dar por terminado este
Contrato bajo los procedimientos en la Sección 9.2 si el Director encuentra que cualquiera de los
han ocurrido los siguientes Eventos de Incumplimiento:
(1) Los alumnos matriculados en la Escuela Chárter no progresan lo suficiente
hacia el logro de las metas educativas bajo Wis. Stat. § 118.01, o falla
para progresar bajo el Marco de Desempeño como se establece en este
Contrato por 3 años consecutivos;
(2) El concesionario o la escuela chárter no cumple con las normas generalmente aceptadas
normas contables de la gestión fiscal o recibe una auditoría calificada
opinión sobre su incapacidad para continuar como empresa en marcha y no ha
resuelto las inquietudes del auditor dentro de un período de tiempo razonable, para no
exceder los 30 días o un período mayor que la Oficina permita a su exclusivo
discreción;
(3) Los pasivos circulantes del Beneficiario superan los activos circulantes o los pasivos totales
exceden los activos totales, o el Beneficiario ha sido declarado insolvente o
declarada en quiebra por un tribunal de jurisdicción competente;
(4) Los directores, funcionarios, empleados o agentes del Concesionario o de la Escuela Chárter
proporcionar a la Oficina información falsa o intencionalmente engañosa o
documentación en la ejecución de este Contrato;
(5) La Escuela Chárter no cumple materialmente con la Ley Aplicable;
(6) La Escuela Chárter viola materialmente Wis. Stat. § 118.40 y siguientes;
(7) El Concesionario o la Escuela Chárter viola materialmente cualquiera de los términos,
condiciones, promesas o representaciones contenidas o incorporadas en
este contrato;
(8) La Escuela Chárter tiene inscripciones por debajo del mínimo proyectado
establecido en este Contrato o tiene inscripción insuficiente para operar
exitosamente; o
(9) El concesionario o la escuela chárter no presenta la documentación
requerido por este Contrato y, por lo tanto, no puede comenzar
operaciones o no comienza la operación de la Escuela Chárter por
15 de septiembre siguiente a la concesión inicial de su estatuto.
Sección 9.2
Procedimientos para la Revocación del Director.
(1)
Terminación de Emergencia o Suspensión Pendiente de Investigación. Si el
Director determina que ha ocurrido cualquier Evento de Incumplimiento que pone al
salud o seguridad de los estudiantes de la Escuela Chárter en riesgo inmediato, la
El Director proporcionará a la Escuela Chárter un aviso por escrito de tal(es) Evento(s)
de Incumplimiento y, al entregar dicha notificación, puede rescindir este
contratar inmediatamente o podrá ejercer el control superintendente de la
Charter School en espera de la investigación del cargo pertinente.
Si el Director opta por ejercer el control de supervisión pendiente
investigación de la acusación pertinente, el Director dará a conocer la Carta
notificación por escrito de la escuela de la investigación, comenzará tal
investigación de inmediato, permitirá que la Escuela Chárter se ocupe de la
cargo pertinente, y luego completará su investigación como
rápidamente y tan razonablemente como sea posible.
Una vez completada su investigación, el Director entregará sin demora a
la Escuela por escrito ya sea un aviso de terminación inmediata en el
base establecida por el cargo en el aviso original, un aviso de un Evento de
Incumplimiento y oportunidad de subsanar de conformidad con este Contrato, o una notificación
rechazando el cargo pertinente y restableciendo el control de la Carta
Escuela al Beneficiario.
(2)
Revocación que no es de emergencia y oportunidad de curar. Si el director
determina que ha ocurrido cualquier Evento de Incumplimiento, pero que tal
incidente no pone en peligro la salud o la seguridad de la Escuela Chárter
estudiantes en riesgo inmediato, el Director proporcionará a la Escuela Chárter
notificación por escrito de tal(es) Evento(s) de Incumplimiento y deberá especificar un plazo razonable
período de tiempo de al menos 30 Días dentro del cual la Escuela deberá curar o
de otro modo remediar el Evento(s) de Incumplimiento especificado en la medida de lo razonable
satisfacción del Director.
Si el Concesionario o la Escuela notifica al Director por escrito de su intención de no
subsanar o no subsana o de otro modo subsana el(los) Evento(s) especificado(s) de
Incumplimiento a la satisfacción razonable del Director, el Director puede
rescindir este Contrato mediante notificación por escrito entregada dentro de los 10 días posteriores a la
lo que ocurra primero entre la recepción de dicha notificación y la expiración del
período especificado.
Si el Director rescinde este Contrato, la rescisión será
efectivo al final del año académico en curso. Si la notificación por escrito de
terminación bajo la subsección anterior se entrega después del cierre de un
33 año escolar pero antes del comienzo del próximo año escolar,
la rescisión surtirá efectos de inmediato.
Sección 9.3
Procedimientos Generales de Terminación o No Renovación.
(1) Contabilidad final. A la terminación o no renovación de este Contrato, el
El concesionario asistirá a la Oficina en la realización de una contabilidad final de la
Charter School poniendo a disposición de la Oficina todos los libros y registros
que han sido revisados en la preparación de las auditorías anuales del Beneficiario y
declaraciones en virtud de este contrato. El Concesionario también presentará una versión final
estado financiero auditado de la operación de la Escuela Chárter, incluyendo
las cartas de gestión del auditor y cualquier excepción observada por los auditores,
que debe ser recibido por la Oficina dentro de los 120 días siguientes a la finalización del
Último año escolar del concesionario.
(2) Conservación de registros. A la terminación y no renovación de este Contrato,
el Concesionario designará un custodio de registros que será responsable
para mantener sus registros de conformidad con la ley y este Contrato.
Después de la expiración de cualquier período de retención legal y la
requisitos de retención contractual como se describe a continuación, cualquiera que sea
más tiempo, el custodio de los registros se encargará de la destrucción de los registros
de manera que se asegure su confidencialidad.
(3) Registros Administrativos y de Personal. Al término y
no renovación de este Contrato, el custodio de registros mantendrá una copia
de los registros administrativos de la Escuela, incluidos los registros de personal, y
proporcionará copias de dichos registros a terceros según lo exija la ley o
de otro modo debidamente solicitado por un período de no menos de seis (6)
años.
(4) Registros de estudiantes. A la terminación y no renovación de este Contrato, el
El concesionario deberá proporcionar a la Oficina y al Departamento una lista de alumnos
nombres y su información de contacto, junto con el nombre de la escuela
al que se está transfiriendo cada alumno, si se conoce. El custodio de los registros deberá
transferir una copia de los registros del alumno, como se define en Wis. Stat. § 118.125, a
la escuela a la que se transfiere cada alumno. El custodio de los registros deberá
también mantener una copia de los expedientes de los alumnos de acuerdo con Wis. Stat. §
118.125(3).
(5) Obligaciones Financieras/Distribución de Activos. Tras la notificación de terminación
y no renovación de este Contrato y disolución de la Escuela Chárter,
el Concesionario designará un fideicomisario independiente que será
responsable de satisfacer todas las obligaciones financieras pendientes de la Carta
Escuela y distribuir adecuadamente los bienes de la Escuela de conformidad con
34la ley y este Contrato. El fideicomisario deberá implementar un procedimiento para
limitar todos los gastos a aquellos que sean razonables y necesarios para
las operaciones diarias en curso de la Escuela Chárter, tales como
gastos de nómina preautorizados, servicios públicos, alquiler y seguro. el síndico
devolverá cualquier dinero o fondos de subvenciones federales o estatales no gastados a la
Departamento. El síndico proporcionará a la Oficina y al Departamento
con un inventario de cualquier propiedad o equipo comprado, en su totalidad o en
parte, con fondos estatales o federales. Siguiendo cualquier disposición requerida por
ley estatal o federal, y después de la satisfacción de los acreedores, el
fideicomisario distribuirá cualquier propiedad restante y equipo comprado
con fondos estatales o federales a otras Escuelas Chárter según lo indique el
Oficina.
(6)
Lista de verificación de disolución. Junto con la terminación/no renovación
procedimientos previstos en el presente, el Concesionario deberá, tras la rescisión o
no renovación de este Contrato, completar la Disolución de la Escuela Chárter
Plan adjunto al presente como Apéndice E y proporcionar dicho plan completo a
la oficina.

ARTÍCULO DIEZ: TERMINACIÓN POR PARTE DEL CONCESIONARIO

Sección 10.1 Motivos para la rescisión por parte del concesionario. El Concesionario puede terminar este
Contrato bajo los procedimientos en la Sección 10.2 si encuentra que cualquiera de los siguientes
Se han producido eventos de incumplimiento:
(1) El Concesionario tiene una inscripción insuficiente para operar con éxito o
inscripción sustancialmente por debajo del mínimo proyectado establecido en este
Contrato;
(2) El Contrato de Operación o Administración del Concesionario con un tercero
proveedor de servicios de gestión educativa ha sido rescindido y un
no se puede obtener un reemplazo razonable;
(3) La Escuela Chárter ha perdido su derecho a ocupar todo o una parte sustancial de
su planta física y no puede ocupar otra instalación adecuada, a un costo
considerado razonable por el Concesionario, antes del vencimiento o terminación
de su derecho a ocupar su planta física existente;
(4) Los pasivos circulantes del Beneficiario exceden los activos circulantes o los pasivos totales
exceden los activos totales, o el Beneficiario ha sido declarado insolvente o
declarada en quiebra por un tribunal de jurisdicción competente;
(5) El Concesionario ha perdido su derecho a ejercer la autoridad otorgada bajo este
contrato o bajo la ley de Wisconsin;
(6) El Director viola materialmente cualquiera de los términos, condiciones, promesas o
representaciones contenidas o incorporadas en este Contrato; o
(7) El Director viola materialmente Wis. Stat. § 118.40 u otros aplicables
Ley.
Sección 10.2 Procedimientos para la rescisión del contrato de la escuela chárter.
(1) Aviso. Si el Beneficiario determina que ha ocurrido algún Evento de Incumplimiento,
la Junta de Gobierno informará al Director del(de los) Evento(s) pertinente(s)
de Incumplimiento. La notificación se hará por escrito y se establecerá con suficiente
detallar los motivos de terminación y la fecha efectiva propuesta de
terminación (cuya fecha será, en la medida de lo razonablemente posible, ser
el final del próximo semestre académico programado para la Escuela Chárter).
(2) Terminación Discrecional. Una vez recibida la notificación de los Sucesos de
Incumplimiento, el Director podrá realizar una revisión preliminar de la supuesta
bases para la rescisión para garantizar que dichas bases sean de buena fe y para
36 determinar si los Supuestos de Incumplimiento pueden subsanarse. Tal revisión deberá
completarse con prontitud. Dentro de los treinta (30) días siguientes a que el Director
recibe la notificación de la Junta de Gobierno, el Director entregará a la
Junta de Gobernanza un aviso ya sea aprobando la Junta de Gobernanza
rescisión solicitada y la fecha efectiva de rescisión o denegación
mismo sobre la base de que las bases alegadas para la rescisión no son
de buena fe o porque el director tiene la intención de subsanar la
Eventos por defecto.
Si el Director no entrega una notificación por escrito a la Junta de Gobierno
aprobar o denegar la rescisión solicitada dentro de los treinta (30) días
después de que el Director recibe el aviso, el aviso de la Junta de Gobierno
se considerará una base aprobada para la terminación.
Si el Director notifica su intención de subsanar los Supuestos de Incumplimiento,
la Junta de Gobierno especificará un plazo razonable (aunque en ningún caso
instancia inferior a 30 días) dentro del cual el Director deberá subsanar o
de otro modo remediar los Supuestos de Incumplimiento especificados en la medida de lo razonable.
satisfacción de la Junta de Gobierno.
Si el Director no subsana ni remedia de otro modo los Sucesos especificados
de Incumplimiento a satisfacción razonable de la Junta de Gobierno, el
La Junta de Gobierno podrá rescindir este Contrato mediante notificación por escrito.
entregado dentro de los 10 días posteriores al vencimiento del período especificado.
Si la Junta de Gobierno da por terminado este Contrato, la terminación será
entrará en vigor en la fecha de terminación propuesta por el Gobierno
Junta.
Sección 10.3 Procedimientos generales de terminación o no renovación. La Terminación General o
Los procedimientos de no renovación establecidos en la Sección 9.3 anterior serán aplicables a un
rescisión de este Contrato en virtud de este Artículo.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: DISPOSICIONES TÉCNICAS

Sección 11.1 Término del Contrato. La vigencia de este contrato comenzará en la fecha de
ejecución de este Contrato por ambas Partes y regirá el derecho del Beneficiario
funcionamiento de la Escuela Chárter durante cinco (5) años escolares completos, a partir del 1 de julio de 2020
hasta el 30 de junio de 2025. Si bien el presente Contrato se firmará y estará vigente en la fecha
de la firma, se enumeran los años escolares en los que operará la Escuela Chárter
arriba.
El Contrato podrá ser renovado por términos adicionales. Durante el último año completo de
este Contrato, la Oficina llevará a cabo una revisión de la Escuela Chárter
desempeño hasta la fecha de acuerdo con el marco de desempeño establecido en
este contrato. Una vez completada la revisión, la Oficina emitirá una
informar a la Escuela Chárter; los resultados de la revisión servirán como base para
la decisión de renovación de la Oficina.
Sección 11.2 No agencia. Se entiende que ni el Concesionario ni la Escuela Chárter están
una agencia de la Universidad u Oficina.
Sección 11.3 Apéndices. Cualquier documento mencionado en este Contrato como Apéndice o
adjunto a este Contrato se hace parte de este Contrato, y el Beneficiario y
Charter School acepta cumplir con todos los términos y condiciones incluidos en el mismo.
Sección 11.4 Aplicaciones de los Estatutos. Si, después de la fecha de entrada en vigencia de este Contrato, existe un
cambio en la Ley Aplicable que altere o modifique las responsabilidades u obligaciones
de cualquiera de las Partes con respecto a este Contrato, se espera que todas las Partes
inmediatamente tomar medidas para asegurar el cumplimiento de la Legislación Aplicable, y esto
El contrato se modificará o enmendará para ajustarse al cambio en la ley existente como
de la fecha efectiva de dicho cambio.
Sección 11.5 Exención de responsabilidad e indemnización. En la medida permitida por la ley, el Beneficiario
eximirá de responsabilidad e indemnizará a la Universidad y la Oficina contra cualquier y todo
responsabilidad, reclamos, demandas y causas de acción (incluyendo abogado razonable
tarifas) que surjan, ocurran en relación con, o sean de alguna manera incidentales a
el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones bajo este Contrato por parte del
Concesionario y sus contratistas, subcontratistas y agentes.
Sección 11.6 Enmiendas. Este contrato puede ser enmendado solo con el acuerdo por escrito
de las Partes.
Sección 11.7 Divisibilidad. Si alguna disposición de este Contrato se considera inválida o
inaplicable, será ineficaz sólo en la medida de la nulidad, sin
afectar o menoscabar la validez y exigibilidad del resto del
disposición o las restantes disposiciones de este Contrato. Si alguna disposición de este
38 El contrato será o se convertirá en una violación de cualquier ley federal, estatal o local, tal
disposición se considerará nula y sin efecto, y todas las demás disposiciones permanecerán
en total fuerza y efecto.
Sección 11.8 Sucesores y cesionarios. Los términos y disposiciones de este Contrato son vinculantes
y redundará en beneficio de las Partes y de sus respectivos sucesores y
cesionarios permitidos.
Sección 11.9 Acuerdo completo. Este Contrato establece el acuerdo completo entre los
Partes con respecto al objeto de este Contrato. Toda solicitud previa
materiales, acuerdos o contratos, representaciones, declaraciones, negociaciones,
entendimientos y compromisos son reemplazados por este Contrato.
Sección 11.10 Cesión. Este Contrato no es asignable por ninguna de las Partes sin la previa
consentimiento por escrito de la otra Parte.
Sección 11.11 No renuncia. Salvo lo dispuesto en el presente, ningún término o disposición de este Contrato
se tendrá por renunciada, y ningún incumplimiento o defecto se tendrá por excusado,
a menos que dicha renuncia o consentimiento se haga por escrito y esté firmado por la Parte reclamada
haber renunciado o consentido. Sin consentimiento de ninguna de las Partes a, o renuncia a, un incumplimiento
o el incumplimiento por parte del otro, ya sea expreso o implícito, constituirá consentimiento
a, renuncia a, o excusa por cualquier incumplimiento o incumplimiento diferente o posterior.
Sección 11.12 Fuerza Mayor. Si ocurre alguna circunstancia fuera del control de una Parte que
retrasar o hacer imposibles las obligaciones de dicha Parte, la obligación de la Parte de
realizar dichos servicios se pospondrá por un período equivalente al retraso
o será cancelada si dicha ejecución se ha hecho imposible por tal
circunstancias.
Sección 11.12 Sin derechos de terceros. Este Contrato se realiza en beneficio exclusivo de las Partes.
Salvo disposición expresa en contrario, nada en este Contrato creará o
se considerará que crea una relación entre las Partes o entre cualquiera de las Partes
y cualquier tercero, incluida una relación en la naturaleza de un tercero
beneficiario o fiduciario.
Sección 11.13 Ley aplicable. Este Contrato se regirá y controlará por las leyes de la
Estado de Wisconsin.
Sección 11.14 Contrapartes. Este Contrato podrá celebrarse por contrapartes y será como
efectivo como si se ejecutara en un documento. Las firmas electrónicas serán como
efectivos y válidos como las firmas originales. Este Contrato sólo será válido y
vinculante para las firmas de todas las Partes.
Sección 11.15 Avisos. Siempre que este Contrato disponga que se debe o se puede dar aviso a
otra Parte, o cuando la información deba o pueda ser proporcionada a otra
Parte, la Parte que deba o pueda dar aviso o proporcionar información cumplirá
cualquier responsabilidad de este tipo en virtud de este Contrato dando aviso o proporcionando
información a la otra Parte en la siguiente dirección:
Al concesionario:
Escuela Democrática Milestone, Inc.
2758 unidad lechera
Madison, WI 53718
A la oficina:
Oficina de Oportunidad Educativa
Salón Van Hise 1564
1220 Tilo Drive
Madison, WI 53706
La notificación a continuación será efectiva si se hace en mano a la persona pertinente
Parte o por correo de los Estados Unidos, franqueo prepago, certificado con acuse de recibo
solicitado. Las notificaciones surtirán efectos cuando sean recibidas efectivamente por el destinatario, si
hecho en mano, o 2 días después de haber entregado el aviso pertinente al
control del Servicio Postal de los Estados Unidos, si se hace por correo certificado con retorno
recibo solicitado.
El abajo firmante ha leído, comprende y está de acuerdo en cumplir y estar obligado
por los términos y condiciones establecidos en este Contrato. Además, cada firmante
a continuación declara que él / ella tiene autoridad para actuar en nombre de la respectiva
Parte representada, y entiende que la otra Parte se basa en dicha
representación.
PARA EL CONCESIONARIO: PARA LA OFICINA:
Firma Firma
Nombre nombre
Título Título
Fecha Fecha

APÉNDICE A: HOJA DE CUMPLIMIENTO: DOCUMENTACIÓN REQUERIDA Y FECHAS DE VENCIMIENTO

Artículos requeridos con fechas de vencimiento
Los siguientes documentos requieren presentación en una fecha de vencimiento requerida.
DOCUMENTO/ENVÍO
Calendario del año escolar propuesto REFERENCIA CONTRACTUAL
Días y horas de instrucción Hoja de trabajo DPI Sección 4.12
Presentación Anual del Certificado de Seguro Sección 3.1(14)
1 de agosto Carta de certificación de la investigación de antecedentes Sección 4.3
15 de septiembre Nombre e información de contacto del certificado
Contador Público Sección 3.1(11)
1 de octubre Pago de la tarifa administrativa trimestral del 1.° Sección 4.6(1), Sección
5.2
1 de noviembre Evidencia de buen estado sin existencias
(Certificado de estado de DFI) Sección 4.2
1 de diciembre Estados financieros auditados de la escuela anterior
Año Sección 3.1(11)
15 de diciembre Pago de la tarifa administrativa del segundo trimestre 1 de febrero Resultados de las pruebas de detección de plomo enviados a:
 La Oficina
 Personal de la escuela chárter
 Los Padres de la Escuela Chárter Sección 4.6(1), Sección
5.2
Sección 4.16
1 de marzo Pago de la tarifa administrativa del tercer trimestre Sección 4.6(1), Sección
5.2
1 de julio Presupuesto anual propuesto para los próximos
Año Académico Sección 6.1
15 de junio Pago de la Cuarta Administración Trimestral Sección 4.6(1), Sección
5.2
FECHA DE VENCIMIENTO
1 de julio

Sección 4.12 Elementos o avisos requeridos en curso
Los siguientes documentos requieren la presentación dentro de un cierto número de días después de la decisión de la junta u otros sucesos.
FECHA DE VENCIMIENTO
En el momento de la presentación DOCUMENTO/PRESENTACIÓN
Copias de Informes Presentados al DPI:
 Informes de Educación Especial (Informe No.
PI-1504 y 1505)
 Tercer viernes de septiembre Conteo de alumnos
Informe (Informe No. PI-1567-A)
 Informe de Certificación del Personal
(Informe N° PI-1202)
 Segundo Viernes Enero Conteo de Alumnos
Informe (Informe N° PI-1567-B) REFERENCIA CONTRACTUAL
En el momento de
Envío de copias de solicitudes de subvenciones Sección 4.13
30 días antes de
Copias de ejecución de la operación propuesta o
Contratos de Gestión superiores a $50.000 Apartado 4.8, Apartado
5.1(2)
Antes de todos
Reuniones Orden del día de las reuniones de la Junta de Gobierno Sección 6.2(1)
Al
Publicación Minutas de la reunión de la Junta de Gobernanza Sección 6.2(1)
Al recibir los datos de las pruebas del alumno Sección 3.1(5)
Anualmente Carta Certificando el Cumplimiento del Personal
Capacitación sobre las Obligaciones del Denunciante Obligatorio Sección 3.1(8)
Notificación inmediata de cambio en la escuela autónoma
Organización de Liderazgo/Administración Sección 3.1(2)
Notificación de Cambio en el Programa Educativo Sección 3.1(3)
Correspondencia que requiere una respuesta formal
del DPI o del Departamento de Educación de EE. UU. Sección 6.2(2)
Aviso de Litigio o Legal Formal
Procedimientos Sección 6.2(3)
Sección 3.1(7), Sección
4.4, Sección 4.10, Sección
4.14 Aviso de Cancelación de Seguro, No
Renovación o cambio de cobertura

Sección 3.14

APÉNDICE B: LISTA DE VERIFICACIÓN PARA LA APERTURA DE LA ESCUELA

Los siguientes documentos deben entregarse a la Oficina antes de las fechas especificadas para que la
Charter School para comenzar operaciones en su primer año académico.
Elemento a ser completado/enviado
Plazo
Referencia
A más tardar el 15 de diciembre del año calendario anterior al primer
Año académico
Plan Curricular Escolar Completo
Sección 3.1(3)
Antes de la Ejecución del Contrato
Artículos de incorporación Sociedad sin acciones Sección 3.1(6), Sección 4.2
IRC 501(c)3 Solicitud de estatus de exención de impuestos o
Carta de Determinación Sección 3.1(6), Sección 4.2
Estatutos de la Junta de Gobierno Sección 3.1(6)
A más tardar el 31 de mayo del primer año académico de la Escuela Chárter
Título del edificio, contrato de arrendamiento de instalaciones o escritura
Recibió la Sección 7.4, Garantía de DPI
de preparación
Certificados de ocupación y seguridad Sección 7.4, DPI Assurance
de preparación
Sistema Financiero Apropiado en Lugar y Operativo DPI Aseguramiento de
Preparación
Sección 3.1(14), DPI
Garantía de preparación
Certificado de seguro recibido
Procedimiento para garantizar la cantidad adecuada de personal y
Licencia del personal vigente Sección 4.4, DPI
Garantía de preparación
Procedimientos de admisión, períodos de inscripción y
Procedimientos de lotería revisados y confirmados 3.1(10), 3.4, 3.6, DPI
Garantía de preparación
X
(cuando
completo) Políticas de Retención y Disciplina Revisadas y
Confirmado 3.1(12), DPI Garantía de
Preparación
Plan de servicio de alimentos en vigor DPI Garantía de
Preparación
DPI Garantía de
Preparación
DPI Garantía de
Preparación
DPI Garantía de
Preparación
DPI Garantía de
Preparación
Plan de transporte en marcha
Plan establecido para garantizar el cumplimiento de IDEA
Sistema de información estudiantil apropiado (SIS) en el lugar
Manual para estudiantes/padres, políticas y procedimientos
Listo para distribución
Conjunto de reuniones de la junta de gobierno
Plan de comunicación establecido entre el autorizador y
Líder escolar en su lugar
Procesos de inventario adecuados implementados
Procedimientos y políticas de cierre vigentes
Plan para proporcionar la boleta de calificaciones de la escuela y la lista de
Opciones educativas para padres/tutores en el lugar
Procedimientos de Subvención Requeridos bajo el Uniforme Federal
Orientación de subvenciones documentada
Verificación de costos permitidos
Gestión de efectivo
Conflicto de intereses
Sección 3.1(6), DPI
Garantía de preparación
DPI Garantía de
Preparación
DPI Garantía de
Preparación
DPI Garantía de
Preparación
DPI Garantía de
Preparación
DPI Garantía de
Preparación
Plan ESSA LEA completado
DPI Garantía de
Preparación
A más tardar el 15 de junio del primer año académico de la Escuela Chárter
Proceso de lotería completado
3.1(10), 3.4, 3.6,
A más tardar el 1 de julio del primer año académico de la Escuela Chárter
Reunión de revisión del presupuesto con el director completada
Sección 6.1

APÉNDICE C: REQUISITOS DE INFORMACIÓN FINANCIERA

El Concesionario deberá presentar estados financieros auditados de la operación de la Escuela Chárter,
incluyendo una lista auditada de los ingresos, gastos y saldos en cada uno de los siguientes
categorías y subcategorías:
Los ingresos totales
CATEGORÍA
TOTAL
POR ALUMNO
(basado en el conteo del 3er viernes de septiembre)
Ayuda estatal por alumno
Ayuda para la Educación Especial
Fondos federales
Subsidios
Donaciones de patrocinadores
Otras donaciones
Otros ingresos
Total
Ingresos federales
CATEGORÍA
TOTAL
Título I
Título II
Título III
Título IV
Título V
Título VI
Otros Fondos Federales
Total
POR ALUMNO
basado en el conteo del 3er viernes de septiembre) Gastos totales
CATEGORÍA
TOTAL
POR ALUMNO
basado en el conteo del 3er viernes de septiembre)
Instrucción
Apoyo educativo
Comodidades
Administración*
Junta*
Otros gastos
Total
*Informe los gastos por separado si la escuela funciona bajo un contrato de administración
Saldo del Fondo o Activos Netos Totales
1 de julio
(Año corriente)
30 de Junio
(Año corriente)
Saldo de fondos o
Activos netos totales
Diferencia
Fondo acumulativo
Saldo o Total
Activos netos
Saldo de fondos
Los cambios en el saldo del fondo se calculan sobre una base anual y acumulativa. La diferencia
entre los ingresos anuales y los gastos anuales proporciona el cambio anual del saldo de fondos.
La suma del cambio de cada año en el saldo del fondo es el saldo acumulado del fondo.
DESIGNACIONES
Al asignar gastos dentro de las categorías anteriores, el Beneficiario debe adherirse a las
designaciones que se describen a continuación.
Instrucción
 Enseñanza en el aula
 Profesores de Instrucción
 Paraprofesionales de instrucción
 Suplentes
 Otro personal docente

Materiales para el salón de clases
 Tecnología y software de uso estudiantil
 Materiales de instrucción para no empleados
 Otros Materiales de Clase
Apoyo educativo
 Apoyo al alumno no instructivo
 Orientación y Consejería
 Biblioteca y Medios
 Extraescolares
 Servicios y Salud Estudiantil
 Otro apoyo estudiantil no educativo
 Apoyo Docente
 Desarrollo Curricular
 Desarrollo del personal en servicio
 Otro apoyo docente
 Programa de Apoyo
 Gestión de programas
 Terapeutas, Psicólogos y Trabajadores Sociales
 Otros programas de apoyo
Gastos de Instalaciones
 Administración de edificios
 Operaciones, servicios públicos y mantenimiento de edificios
 Gestión de otros edificios

Capital
 Proyectos de Capital y Arrendamientos de Capital
 Servicios de Deuda
 Otros Gastos de Capital
Gastos administrativos
 Gestión Escolar
 Director Ejecutivo, Director y Subdirectores
 Otro Personal Administrativo
 Oficina de la escuela
 Gestión Comercial
 Procesamiento de datos
 Operaciones Comerciales
 Gestión de Otros Negocios
 Junta Escolar
 Junta Escolar
 Jurídica
 Legales
 Reclamaciones y Liquidaciones
Otros gastos
 Servicios estudiantiles no educativos
 Transporte
 Servicio de alimentación
 Seguridad
 Otros servicios no educativos

APÉNDICE D: PREGUNTAS Y MEDIDAS CLAVE DEL MARCO DE DESEMPEÑO

La OEO proporcionará a la Escuela Chárter una copia del documento del Marco de Desempeño
a la ejecución del Contrato.
MARCO ACADÉMICO
Indicador
Responsabilidad a nivel estatal
y Asistencia
Pregunta clave
es la reunión de la escuela
estándares aceptables
según el estado
¿Sistema de contabilidad? Métrico
Departamento de Wisconsin de
Escuela de Instrucción Pública
Boleta de calificaciones
¿Están los estudiantes en la escuela?
asistir regularmente y
rutinariamente? Datos de asistencia de WISEdash
¿Se reúnen los estudiantes?
estándares de competencia como
en comparación con el distrito? Examen avanzado de Wisconsin -
Artes del lenguaje inglés
Progreso del estudiante ¿Están los estudiantes haciendo
académica anual esperada
¿crecimiento? Preparación postsecundaria ¿Se reúnen los estudiantes
estándares de competencia como
en comparación con el distrito?
(solo escuelas secundarias)
¿Son exitosos los estudiantes?
terminar la escuela secundaria y
logrando lo necesario
créditos necesarios para
¿graduado? (escuelas secundarias únicamente) Objetivos de crecimiento de MAP RIT –
Lectura
Objetivos de crecimiento MAP RIT –
Matemáticas
ACT Aspirar
Competencia del estudiante
50
Examen avanzado de Wisconsin -
Matemáticas
ACTUAR
Tasa de Graduación de la Escuela SecundariaMARCO FINANCIERO
Indicador
Razón Corriente (Activos a
Pasivo)
Variación de inscripción
Defecto
Razón de deuda a activo
Pregunta clave
¿La escuela tiene
activos suficientes para cubrir la
pasivo corriente y cumplir
sus obligaciones financieras sobre
los próximos 12 meses?
¿La escuela cumple
proyecciones de matriculación en
fin de financiar en curso
operaciones?
¿La escuela cumple con la deuda?
obligaciones o préstamo
pactos?
¿Los activos de la escuela
exceder la cantidad de
pasivos adeudados?
Métrico
Declaración auditada de
Situación financiera
septiembre y enero
Recuentos de inscripción
Estado financiero auditado
Estado financiero auditado
MARCO ORGANIZATIVO
Indicador
Programación Educativa
Gestión Financiera y
Vigilancia
Gobernanza de la Junta y
Informes
Admisión de estudiantes y
Protecciones
Pregunta clave
¿La escuela se adhiere y
implementando la educacion
programa como se indica en el
¿Contrato?
es la reunión de la escuela
gestión financiera y
requisitos de supervisión?
¿Cumple la escuela con
requisitos de gobernabilidad?
¿Cumple la escuela con
¿los requisitos de información?
¿Está la escuela protegiendo a los
derechos de los estudiantes con
discapacidades?
¿La escuela está realizando
políticas de admisión equitativamente
y justamente?
¿La escuela está realizando
políticas de disciplina equitativamente
y justamente?
Métrico
Contrato Sección 3.1(3)
Contrato Sección 3.1(11)
Contrato Sección 3.1(6)
Contrato Sección 4.4, Sección
4.10, Sección 4.14
Contrato Sección 3.1(4)
Contrato Sección 3.1(10)
Contrato Sección 3.1(12) Credenciales del personal y del estudiante
La seguridad
¿Se está completando la escuela?
Contrato Sección 4.3
verificaciones de antecedentes requeridas?
¿La escuela cumple con la Sección 4.3, 3.1(7) del Contrato del maestro?
y otras acreditaciones del personal
requisitos?
¿Cumple la escuela
Contrato Sección 3.1(8)
con la ley aplicable relacionada con
¿salud y seguridad?
DETERMINACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE RENOVACIÓN
En el Marco de Desempeño completo, a cada indicador se le asigna un valor en puntos, creando así un
sistema en el que los valores de puntos acumulados durante el plazo del contrato se pueden calcular en
una manera que sea justa, consistente y equitativa en todas las escuelas autorizadas por la OEO.
Por cada año de operación con estudiantes, el puntaje de cada componente del marco
se ingresará en una tabla similar a la que se muestra a continuación en función de los valores de puntos
coherente a lo largo de todo este documento. A partir de ahí, una simple fórmula matemática puede
aplicarse para encontrar la puntuación acumulada final.
Académico
Financiero
Organizativo
Puntos totales
20XX – 20XX
20XX – 20XX
20XX – 20XX
20XX – 20XX
20XX – 20XX
E: Excede los Estándares – 4 Puntos
M: Cumple con los estándares - 3 puntos
D: No Cumple con los Estándares – 2 Puntos
F: Muy Por Debajo de los Estándares – 1 Punto
Puntos totales durante el plazo del contrato ÷ Número total de clasificaciones = Puntaje acumulativo final
La Oficina de Oportunidades Educativas reconoce que las escuelas pueden someterse a atenuantes
circunstancias que pueden afectar los puntajes del Marco. En esos casos, será el
responsabilidad de la escuela durante todo el proceso de renovación para explicar las razones por las que no
alcanzando el umbral y las estrategias específicas, que serán o están siendo implementadas para
mitigar esos desafíos en el futuro. El Director puede solicitar aportes y recomendaciones.
del Consejo Asesor de la OEO, junto con los comentarios recibidos durante una posible visita al sitio, en
tomar decisiones de renovación.
La siguiente tabla detalla la duración de los plazos de renovación del contrato según lo determinado por el Rendimiento
Estructura:
Clasificación de rendimiento
La escuela recibe una calificación promedio de "Supera los estándares" o
“Cumple con los estándares” en el ámbito académico, financiero y organizacional
marcos a lo largo del Plazo del Contrato
La escuela recibe una calificación promedio de "No cumple con los estándares"
en los marcos Académico, Financiero y Organizacional durante
el curso del Plazo del Contrato
La escuela recibe una calificación promedio de "Muy por debajo de los estándares" en
los marcos Académico, Financiero y Organizacional a lo largo del
curso del Plazo del Contrato
Duración del plazo de renovación
renovación de cinco años
renovación de tres años
no renovación

APÉNDICE E: PLAN DE DISOLUCIÓN DE LA ESCUELA CHARTER

Nombre de la Escuela Chárter: Dirección:
Último día de funcionamiento escolar: Fecha de finalización de la escuela autónoma:
Presidente de la Junta Directiva
(Nombre e información de contacto): Vicepresidente de la Junta Directiva (Nombre y
Información del contacto):
Custodio de expedientes estudiantiles
(Nombre e información de contacto): Custodio de registros de personal
(Nombre e información de contacto):
Fideicomisario Independiente
(Nombre e información de contacto): Auditor independiente
(Nombre e información de contacto):
R: Expedientes de los estudiantes
Tarea(s) requerida(s): Transferir expedientes estudiantiles completos (académicos, de salud,
educación especial, etc.) a la escuela a la que se transferirá cada estudiante y
para archivar los expedientes de los estudiantes durante el período de tiempo requerido.
La Junta Directiva designará un Custodio de Expedientes Estudiantiles responsable
para mantener, transferir y archivar los registros de los estudiantes de acuerdo
con la ley estatal.
Consejo de Administración facilitará a la Oficina el nombre, teléfono
número, dirección comercial y dirección de correo electrónico de los registros del estudiante
Custodio.
El Custodio de Registros Estudiantiles proporcionará a la Oficina una lista de todos los estudiantes
asistir a la escuela chárter durante el último año de funcionamiento. La lista se
proporcione los nombres de los estudiantes, direcciones, números de teléfono y las escuelas a
que los estudiantes están transfiriendo.
El Custodio de Registros Estudiantiles proporcionará a la Oficina una lista de cualquier estudiante
registros en posesión de la escuela chárter para estudiantes que no sean
que asistieron a la escuela durante el último año de operación.
Fecha Proyectada
de finalización El custodio de expedientes estudiantiles desarrollará e implementará un procedimiento de aprobación
confirmar la transferencia de los expedientes de los estudiantes.
El Custodio de Expedientes Estudiantiles transferirá los expedientes estudiantiles al
nueva escuela.
El Custodio de Expedientes Estudiantiles proporcionará a la Oficina la documentación que
todos los registros fueron transferidos.
Student Records Custodian desarrollará e implementará una metodología para
archivar todos los registros de los estudiantes de acuerdo con la ley.
El custodio de expedientes estudiantiles se encargará de la destrucción de los expedientes estudiantiles
al final del período de retención correspondiente. La destrucción ocurrirá en un
manera que asegure la privacidad de todos los individuos.
B: Registros de personal
Tarea(s) requerida(s): Diseñar un plan para retener y mantener al personal y
registros de certificación profesional por un mínimo de seis años o según sea necesario
por ley, el plazo que sea mayor.
La Junta Directiva designará un Custodio de Registros de Personal
responsable de mantener, transferir y archivar registros de personal
de acuerdo con la ley estatal.
Consejo de Administración facilitará a la Oficina el nombre, teléfono
número, dirección comercial y dirección de correo electrónico de los registros de personal
Custodio.
El Custodio de Registros de Personal, previa solicitud, proporcionará cartas que verifiquen
empleo en escuelas chárter, etc.
Expedientes del personal El Custodio mantendrá todos los expedientes del personal durante un
período de seis años o según lo exija la ley, el período de tiempo que sea más largo.
El Custodio de Registros de Personal se encargará de la destrucción del personal
registros al final del período de retención apropiado. La destrucción será
ocurrir de una manera que asegure la privacidad de todos los individuos. Fecha Proyectada
de finalización
C. Obligaciones financieras y contractuales
Tarea(s) requerida(s): La junta directiva debe idear un plan para mantener y
administrar las obligaciones financieras, administrativas y contractuales.
La Junta de Directores deberá presentar todos los empleadores federales, estatales y locales finales
declaraciones de impuestos sobre la nómina y emitir los formularios W-2 y 1099 finales por parte del
plazos
El Directorio implementará un procedimiento para limitar estrictamente todos los
gastos a aquellos que son razonables y necesarios para el funcionamiento
operaciones diarias de la escuela chárter. Estos gastos son
limitado a salarios, beneficios, servicios públicos, alquiler y seguro y ya debe
ser autorizado en el presupuesto. Fecha Proyectada
de finalización
55La Junta Directiva nombrará un Síndico Independiente que será
responsable de satisfacer todas las obligaciones financieras pendientes de la Carta
Escuela y distribuir adecuadamente los bienes de la Escuela de conformidad con la
ley.
La Junta Directiva presentará a la Oficina una resolución aprobada de la Junta
designación de un fideicomisario independiente, incluido el nombre y contacto
información.
El Fideicomisario Independiente evaluará y satisfará todos los pasivos pendientes en
conforme a la ley.
El Fideicomisario Independiente presentará a la Oficina un informe escrito para tomar en
cuenta el valor actual de los pasivos de la escuela chárter en poder de todos sus
acreedores, incluidos proveedores, instituciones bancarias y beneficios de salud
agencias y el valor actual de los activos de la escuela chárter, incluidos
libros, suministros, vehículos de motor, mobiliario, equipo y personal
propiedad.
Presentar a Office una actualización mensual de cuentas por pagar junto con
cronograma detallado de envejecimiento.
El Fideicomisario Independiente deberá, una vez satisfechos todos los pasivos, liquidar
todos los activos escolares no monetarios restantes.
D. Subvenciones
Fecha Proyectada
Tarea(s) requerida(s): Proporcionar prueba de liquidación adecuada de los bienes adquiridos
de finalización
a través de subvenciones.
El fideicomisario independiente devolverá todos los fondos de subvenciones federales o estatales no gastados
recibida por la escuela al Departamento de Instrucción Pública.
El Fideicomisario Independiente deberá presentar Informes Finales de Gastos para obtener derecho
subsidios.
El síndico proporcionará a la Oficina un inventario de cualquier propiedad o
equipo comprado, en su totalidad o en parte, con fondos estatales o federales.
Siguiendo cualquier disposición requerida por la ley estatal o federal, y siguiendo
la satisfacción de los acreedores, el Fiduciario distribuirá cualquier remanente
bienes y equipos comprados con fondos estatales o federales a otros
Escuelas chárter autorizadas por la OEO.
E. Auditoría Final
Tarea(s) requerida(s): Designar un auditor independiente para realizar una auditoría final
incluyendo la(s) siguiente(s) tarea(s).
La Junta Directiva proporcionará a la Oficina una resolución aprobada por la Junta
nombramiento de auditor.
La Junta Directiva proporcionará a la Oficina el inicio estimado de la auditoría
Fecha Proyectada
de finalización y fechas de finalización y un costo estimado de auditoría.
La Junta Directiva presentará a la Oficina una resolución de la junta estableciendo un
cuenta de depósito en garantía de los fondos para pagar la auditoría y proporcionar evidencia de que
esta cuenta ha sido establecida; y fondos depositados.
La Junta Directiva presentará copias de la auditoría a la Oficina. La auditoría debe
presentarse antes de cualquier disolución de la Junta.
Este plan de disolución firmado debe enviarse a la Oficina junto con un certificado oficial aprobado.
Resolución del Directorio. Proporcione un recuento de los miembros de la Junta que documentan
miembros presentes y el voto de cada miembro de la junta.
Aprobación firmada:


Presidente de la Junta ______
Fecha


Vicepresidente ______
Fecha
57

Última actualización porSean Anderson en julio 16, 2022
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